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La semilla foral en la América Hispana.
La participación orgánica del pueblo y el imperio del derecho eran la esencia de la Legislación de Indias, basada en el Derecho Público Cristiano
La verdad es que la España imperial del
siglo XVI, al llevar al Nuevo Mundo el sistema de Fueros con el
nombre de "cabildos" preparaba el advenimiento de las
democracias americanas. Tenía razón el docto profesor Francisco
Elías de Tejada al referirse a los "fueros"como la
más espléndida expresión de eso que llaman ahora social, sin
darse cuenta de que la justicia no puede, por definición, ser
más que social o no ser nada, y en donde se manifestó el más
perfecto sistema de libertades políticas concretas, cabalmente
en la medida en que los Fueros son la encarnación en las leyes
de lo que es la justicia distributiva, sin quimeras de
abstracciones igualadoramente falsas.
Felipe II exigió que, por lo menos, hubiese una decena de
consejeros para erigir una "república". Este Consejo
de la República elegía incluso sus propios jueces, civiles y
penales, sus policías, maestros y rectores de sus
establecimientos de beneficencia y utilidad pública. Esta
asamblea abierta de electores había de decidir desde la defensa
de la ciudad hasta la fijación de los precios. Los consejeros
del Cabildo eran convocados para la elección de Procuradores,
los cuales tenían "correspondencia directa con Su
Majestad". La Corona trataba de trasplantar su sistema de
elección a las asociaciones de tribus indias, convertía en
disposiciones la mayoría de las decisiones de las ciudades y
villas y permitía la elección de gobernador a través de los
consejeros.
La República era una idea enteramente familiar a la época de
los Austrias, aunque no en el sentido de la posterior escisión
del concepto, esto es, como antítesis de la Monarquía, sino
como complemento y realización de ésta.
Carlos I determinó que los virreinatos no serían vitalicios ni
hereditarios, sino fundamentalmente por tres años y que todo
virrey, una vez apartado de su cargo, había de responder de su
gestión. El virrey fue una figura política que había hecho su
aparición en la Corona de Aragón en el siglo XIV, en el Ducado
catalán de Atenas, cuando el duque designó como representante
suyo a un vicarius generalis o viceregens. Este personaje en los
territorios de América gozaba de una omnipotente autoridad en su
territorio, casi con prerrogativas reales, Capitán General de
mar y tierra, gran maestre de Justicia y de Finanzas. Pero, como
hemos indicado anteriormente, cuando expiraba su mandato, estaba
obligado a dar cuenta exacta y fiel del mismo. Esto era el
"juicio de residencia". Es la exposición sincera, casi
una confesión, que encaja muy bien en el espíritu de los
legisladores y servía para reducir abusos, corrupciones y
demasías que puede conllevar el ejercicio del Poder.
"Ningún indio podrá ser reducido a esclavitud... pues
todos son vasallos de la corona real de Castilla". Isabel,
Fernando, Carlos V, y más tarde Felipe II, emplean el mismo
lenguaje. Un lenguaje que expresa una exigencia íntima, una
buena fe, una convicción propias de esos príncipes cristianos
formados por el Evangelio, para el que no existe la
"cuestión racial". No hay que olvidar que la primera
carta colonial de los Reyes de España proclamó la igualdad de
indios y españoles ante la ley. Proclamación simbólica, es
verdad, pero que denotaba ya en sus autores una preocupación
humana en la que no había pensado ningún otro soberano de
Europa en aquella época.
El Emperador Carlos V mandó que a los descendientes de Tupac
Yupanqui se les honrase como personas reales y representantes
suyos. Estos descendientes de los Incas podrían ocupar con la
cabeza cubierta -lo que fuera de la casa Real sólo estaba
permitido a los Grandes de España- y en nombre suyo la
presidencia de los Consejos reales, Municipalidades y
Cancillerías y ocupar también en las iglesias el sitio
reservado al propio Carlos, el cual llegó a permitir a los hijos
y nietos de los Incas que pudiesen llevar el collar de la Orden
de la Serpiente, adecuado a sus usos heráldicos, un Toisón, que
equivalía a la más preciada condecoración de Carlos, la Orden
del Toisón de Oro.
Transcurrió el tiempo y la situación del régimen personal en
todos los aspectos, debía subvertir por completo la escala de
valores, se perdió la semilla foral en América y llegó el
trascendental momento en que los habitantes del Nuevo Mundo se
percataron de que la República dentro de la Monarquía era la
más hermosa -como recuerda Madariaga- cuando el liberalismo les
trajo verdaderas oleadas de "pronunciamientos" y
"dictaduras", pues las nuevas Constituciones, alejadas
del sentimiento político foral, estaban solamente sobre el
papel; sus tres poderes eran en realidad éstos: Infantería,
Caballería y Artillería, en vez de los clásicos: Ejecutivo,
Legislativo y Judicial.
Por José María de Domingo-Arnau y Rovira.
"ARBIL,
Anotaciones de Pensamiento y Crítica", es editado por el
Foro Arbil
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