Portada revista 29

Portada revista 29 Indice de Revistas La vida y a la muerte, como problema esencial de todo hombre

ARBIL, anotaciones de pensamiento y critica

La semilla foral en la América Hispana.

La participación orgánica del pueblo y el imperio del derecho eran la esencia de la Legislación de Indias, basada en el Derecho Público Cristiano

La verdad es que la España imperial del siglo XVI, al llevar al Nuevo Mundo el sistema de Fueros con el nombre de "cabildos" preparaba el advenimiento de las democracias americanas. Tenía razón el docto profesor Francisco Elías de Tejada al referirse a los "fueros"como la más espléndida expresión de eso que llaman ahora social, sin darse cuenta de que la justicia no puede, por definición, ser más que social o no ser nada, y en donde se manifestó el más perfecto sistema de libertades políticas concretas, cabalmente en la medida en que los Fueros son la encarnación en las leyes de lo que es la justicia distributiva, sin quimeras de abstracciones igualadoramente falsas.

Felipe II exigió que, por lo menos, hubiese una decena de consejeros para erigir una "república". Este Consejo de la República elegía incluso sus propios jueces, civiles y penales, sus policías, maestros y rectores de sus establecimientos de beneficencia y utilidad pública. Esta asamblea abierta de electores había de decidir desde la defensa de la ciudad hasta la fijación de los precios. Los consejeros del Cabildo eran convocados para la elección de Procuradores, los cuales tenían "correspondencia directa con Su Majestad". La Corona trataba de trasplantar su sistema de elección a las asociaciones de tribus indias, convertía en disposiciones la mayoría de las decisiones de las ciudades y villas y permitía la elección de gobernador a través de los consejeros.

La República era una idea enteramente familiar a la época de los Austrias, aunque no en el sentido de la posterior escisión del concepto, esto es, como antítesis de la Monarquía, sino como complemento y realización de ésta.

Carlos I determinó que los virreinatos no serían vitalicios ni hereditarios, sino fundamentalmente por tres años y que todo virrey, una vez apartado de su cargo, había de responder de su gestión. El virrey fue una figura política que había hecho su aparición en la Corona de Aragón en el siglo XIV, en el Ducado catalán de Atenas, cuando el duque designó como representante suyo a un vicarius generalis o viceregens. Este personaje en los territorios de América gozaba de una omnipotente autoridad en su territorio, casi con prerrogativas reales, Capitán General de mar y tierra, gran maestre de Justicia y de Finanzas. Pero, como hemos indicado anteriormente, cuando expiraba su mandato, estaba obligado a dar cuenta exacta y fiel del mismo. Esto era el "juicio de residencia". Es la exposición sincera, casi una confesión, que encaja muy bien en el espíritu de los legisladores y servía para reducir abusos, corrupciones y demasías que puede conllevar el ejercicio del Poder.

"Ningún indio podrá ser reducido a esclavitud... pues todos son vasallos de la corona real de Castilla". Isabel, Fernando, Carlos V, y más tarde Felipe II, emplean el mismo lenguaje. Un lenguaje que expresa una exigencia íntima, una buena fe, una convicción propias de esos príncipes cristianos formados por el Evangelio, para el que no existe la "cuestión racial". No hay que olvidar que la primera carta colonial de los Reyes de España proclamó la igualdad de indios y españoles ante la ley. Proclamación simbólica, es verdad, pero que denotaba ya en sus autores una preocupación humana en la que no había pensado ningún otro soberano de Europa en aquella época.

El Emperador Carlos V mandó que a los descendientes de Tupac Yupanqui se les honrase como personas reales y representantes suyos. Estos descendientes de los Incas podrían ocupar con la cabeza cubierta -lo que fuera de la casa Real sólo estaba permitido a los Grandes de España- y en nombre suyo la presidencia de los Consejos reales, Municipalidades y Cancillerías y ocupar también en las iglesias el sitio reservado al propio Carlos, el cual llegó a permitir a los hijos y nietos de los Incas que pudiesen llevar el collar de la Orden de la Serpiente, adecuado a sus usos heráldicos, un Toisón, que equivalía a la más preciada condecoración de Carlos, la Orden del Toisón de Oro.

Transcurrió el tiempo y la situación del régimen personal en todos los aspectos, debía subvertir por completo la escala de valores, se perdió la semilla foral en América y llegó el trascendental momento en que los habitantes del Nuevo Mundo se percataron de que la República dentro de la Monarquía era la más hermosa -como recuerda Madariaga- cuando el liberalismo les trajo verdaderas oleadas de "pronunciamientos" y "dictaduras", pues las nuevas Constituciones, alejadas del sentimiento político foral, estaban solamente sobre el papel; sus tres poderes eran en realidad éstos: Infantería, Caballería y Artillería, en vez de los clásicos: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Por José María de Domingo-Arnau y Rovira.

 



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