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Sobre la “Salud Reproductiva”.

por Jorge Scala

Objeciones fundamentales a la utilización del concepto de salud reproductiva

Las objeciones fundamentales a la utilización del concepto de salud reproductiva son tres:

1°) La locución "salud reproductiva" implica una manipulación del lenguaje. En efecto: el contenido esencial de dicha locución en la práctica es la entrega gratuita de contraceptivos por parte del Estado. Ahora bien, todos los anticonceptivos tienen contraindicaciones y efectos nocivos. Al usarlos personas sanas, para prevenir algo que no es una enfermedad -el embarazo-, resulta que en lugar de provocar "salud", provocan "enfermedades" en forma masiva. Por otra parte, los contraceptivos son anti-reproducción, pues su efecto es evitarla, ya sea impidiendo la fecundación o mediante abortos tempranos. Estrictamente hablando, si el nombre debe ser un reflejo de la realidad de las cosas, habría que denominarla "enfermedad esterilizante", en lugar de "salud reproductiva". La manipulación semántica es evidente.

2°) Según la definición de salud de la OMS: "un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades" (Documentos básicos de la OMS-OPS, Documento Oficial n° 240, Washington, 1.991, pág. 23), la "salud reproductiva sería "el estado de completo bienestar físico, mental y social, en cuanto a la sexualidad y la reproducción, y no solamente la ausencia de afecciones y enfermedades".

Ahora bien, esto es sí mismo resulta inaceptable, porque implica -necesariamente-, que sería deber del Estado como garante de la salud pública, la entrega gratuita de contraceptivos y el entrenamiento a la población en su uso; dado que los anticonceptivos impiden los "embarazos no deseados" y algunos de ellos previenen ciertas enfermedades de transmisión sexual. Esto es así porque a la salud sexual y reproductiva, se les corresponden automáticamente los derechos sexuales y reproductivos.

Lógicamente, la distribución gratuita de contraceptivos es contraria al bien común, al punto que bien podría catalogársela de "mal común"; ya que la anticoncepción es un mal per se, y si el Estado la facilita a escala nacional, ese mal se transforma en común a toda la sociedad.

Una vez aceptada la manipulación semántica a través del término "salud reproductiva", se ingresa en un sistema conceptual cerrado en sí mismo, puramente ideológico, que no admite escapatoria. La "salud reproductiva" implica -necesariamente-, la puesta a disposición de toda la población, de los medios para la regulación de la fertilidad. Y aquí viene el tercer motivo para rechazar dicha locución.

3°) El día 13 de abril de 1.994, en pleno desarrollo del III Comité Preparatorio para la Conferencia de El Cairo sobre Población y Desarrollo, mientras se discutía la redacción del borrador del documento final, los diplomáticos que trabajaban en ello, solicitaron a la OMS, que defina el alcance del término "fertility regulation" -regulación de la fertilidad-. La cuestión quedó zanjada con el fax enviado por el Dr. Tomris Türmen, Director de la División Salud Familiar de la OMS, dirigido a Andrew J. Joseph, Director de la OMS ante las Naciones Unidas, quien estaba trabajando en ese III Comité. En dicho fax se dejó en claro que la "fertility regulation" incluye "... la planificación familiar, el aborto, elevar la edad mínima para contraer matrimonio y la lactancia". Es decir que, desde 1.994 ya es una posición pública y oficial de la OMS incluir el aborto como uno de los medios para alcanzar la "salud reproductiva", al ser uno de los medios de regulación de la fertilidad aceptados y promovidos por dicha Agencia de la ONU. Esa fue la primera definición pública de la OMS al respecto, reiterada luego en todas las Conferencias de la ONU.

Al margen de esto, con relación a Europa, el 5 de octubre de 2.004, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, aprobó la Resolucion n. 1399 (2004) y la Recomendación n. 1675 (2004); tituladas «Estrategia europea para la promoción de la salud y de los derechos sexuales y reproductivos». El artículo 2 de la Resolución dice: "el derecho a la salud sexual y reproductiva implica la facultad de establecer una relación completa, satisfactoria y segura, libre de coerciones y violencias y sin que haya que temer enfermedades de transmisión sexual, incluidos el sida o los embarazos no deseados. A los individuos y las parejas se les debería facilitar la regulación de su fecundidad sin consecuencias negativas y peligrosas».

La referencia al aborto como modo de regular la fecundidad sin consecuencias "negativas y peligrosas" está implícita, lo mismo que para eliminar los "embarazos no deseados", una vez producidos... Las exigencias de la Unión Europea a Malta y Polonia para que despenalicen el aborto, están en el marco de la llamada "salud reproductiva".

Asimismo, el Informe Final de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades del Parlamento Europeo, sobre "salud sexual y reproductiva y los derechos en esta materia", del 6 de junio de 2.002, de junio de 2002, protocolizado como (2001/2128(INI)), en el punto 12. "Recomienda que, para proteger la salud reproductiva y los derechos de las mujeres, se legalice el aborto, con objeto de hacerlo más accesible a todos y eliminar así los riesgos de las prácticas ilegales".

Finalmente, es de destacar que con la aprobación del Informe Sandbaeck, a fines de 2.002, que constituye el reglamento para la "ayuda a las políticas y programas en países en desarrollo", los préstamos de la Unión Europea a los países pobres, una de las áreas prioritarias es el financiamiento de la "salud reproductiva", que incluye el aborto.

Por otra parte, como la OMS está integrada por casi todos los países del mundo, obviamente, no puede tener una posición explícita en favor del aborto, ya que es delito en muchos de los países que la integran. Para eludir ese escollo, utiliza términos ambiguos como: "salud reproductiva", "regulación de la fertilidad", "salud genésica", "planificación familiar", etc., todos los cuales incluyen el aborto.

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Jorge Scala



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