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Libertad trascendental y libertad practica en Kant
por
Sebastián Antonio Contreras Aguirre
De la libertad trascendental a la moralidad. La tercera antinomia de la razón pura como punto de inflexión entre la filosofía especulativa y la filosofía práctica en Kant
|
Cuestiones Introductorias. Sobre la posibilidad de una Libertad en la Antinomia de la Razón Pura.
En la Tercera Antinomia, al igual que en las antinomias matemáticas, empezamos con una aparente
contradicción y terminamos comprendiendo que ésta es meramente aparente.
H. Allison.
“La noción de libertad,
encuentra su lugar de nacimiento en la cosmología racional, donde el kantismo,
en forma crítica, examina las cuestiones referentes al mundo y que parecen
susceptibles de respuestas contradictorias” . Cuestión fundamental de
la exposición kantiana de la libertad, no es la profunda coherencia interna de
los argumentos y el contenido de la tercera antinomia de la razón pura, sino la
posibilidad de articular, con base en la idea trascendental de la libertad, una
teoría ética que dé cuentas del problema de la responsabilidad moral. De ahí
que para el filósofo de Königsberg sea la “libertad” un concepto
problemático.
Pues bien, como se sabe,
presenta Kant el problema de la libertad bajo la forma de una antinomia: la
explicación de los acontecimientos del mundo por medio de sus causas pareciera
requerir, a la vez, la afirmación y la negación de la existencia de la libertad.
Y en este sentido, tanto la tesis como la antítesis cuentan con su demostración
y se destruyen mutuamente, de manera tal que esta tercera antinomia daría
cuenta del enfrentamiento entre la postura racionalista, que junto a la
explicación causal natural afirma la causalidad por libertad, y la postura
empirista, que admite sólo la causalidad mecánica. Así, y de acuerdo con este
carácter dialéctico–antitético que circunda al problema de la libertad,
es que la razón parece estar en conflicto consigo misma: llega a la tesis
con la misma necesidad que le exige inexorablemente argumentar a favor de la
antítesis.
De cara a lo expuesto, en su análisis
de las “antinomias”, formula Kant la tesis, aparentemente audaz, de que la
razón cae necesariamente en contradicción consigo misma al ocuparse de las
cuestiones de la cosmología tradicional, básicamente porque la razón genera,
para cada una de estas cuestiones, dos respuestas incompatibles entre sí e
igualmente obligatorias.
En este sentido, y tal y como ha sido propuesto por H. Allison, dicho conflicto
de la razón consigo misma, que de no ser resuelto llevaría a la “eutanasia
de la razón pura” (A 407/B 434), tendría su origen en la exigencia de
una totalidad absoluta de las condiciones para todo condicionado. Así, si
se da lo condicionado, se dará también la suma de las condiciones y, por tanto,
lo absolutamente incondicionado (A 409/B 436). En este contexto, las
antinomias de la razón pura son, para el kantismo, inferencias dialécticas
que tienen su fundamento en la misma naturaleza de la razón, no ficciones o
productos históricos; inferencias que tienen que ver en términos generales con
nuestra idea de mundo como el conjunto de todos los fenómenos (Cfr. MOYA:
2003; 407).
Finalmente, la cuestión principal
del problema de la libertad a la luz de la tercera antinomia, no estaría, como
ya lo hemos declarado, en la coherencia interna de su tratamiento en la Primera Crítica –coherencia que de hecho existe–, sino en el modo en como ésta
es extrapolada a lo externo. En este sentido, y conforme a la tesis de Körner, de
la coherencia interna de la noción de centauro, no se sigue, ni se ha de seguir
jamás, el hecho de que tales centauros existan realmente. Luego, si
queremos probar que el hombre existe como un ser libre, requeriremos,
claramente, un nuevo dato, aquél que proviene de la experiencia moral. En efecto, nuestra propuesta
no es sino la de dar cuenta del carácter axial de la noción de libertad
en cuanto idea trascendental, cuestión que haría posible el levantamiento de
una completa teoría ética en el plano de la razón práctica. Todo lo anterior,
de la mano de la tercera antinomia de la razón pura, a nuestro juicio, la bisagra
que conecta y da sentido a las exposiciones que de estos temas se han dado en
una y otra Crítica.
La noción de libertad de
Kant es ostensiblemente la de un moderno. Se ocupa de la autodeterminación. La
libertad es propiedad y, de allí, una exigencia de todos los hombres (…) de
modo que ser libre es hallarse en un cierto tipo de orden moral, aunque, una
vez más, esto no es una limitación de mi libertad, dado que estar relacionado
con ese orden es parte integral de mi libertad (TAYLOR: 2004; 14-15).
Por último, y dado que la
libertad es el fundamento inteligible de aquello por lo cual se rigen los
fenómenos de lo sensible,
y es también el concepto que subyace como base de nuestra reflexión, nos hemos
propuesto acercarnos al problema de la tercera antinomia de la razón pura, del
conflicto que se presenta en ella y de su resolución, para luego ahondar en la
manera en como esta “idea trascendental” conecta con el plano
moral, sirviendo, entonces, de nexo con la Crítica de la Razón Práctica. Sólo así podremos entrever la dinámica del problema
de la libertad y el modo en como Kant la ha precisado en todo el sistema de su Filosofía
Crítica.
II
De la Tercera Antinomia de la Razón Pura. Conflicto y Resolución.
No se podría señalar una
contradicción entre la afirmación de una causalidad libre en el orden
noumenal y la del determinismo más riguroso en el orden
fenoménico. Este es el problema de la libertad.
J. Maréchal.
“La razón pura práctica
es tan plenamente libre como la teórica; no hay necesidad de pretender que sea
más libre (…), y que sea igual de libre es lo único que se necesita,
ciertamente, para hacer que las gentes sean responsables e imputables”. De acuerdo
con nuestra propuesta, la explicación kantiana de la libertad en la tercera
antinomia de la razón pura, tiene el mérito de presentarse como el punto de
conjunción entre la filosofía especulativa y la filosofía práctica del maestro
de Königsberg, en tales términos que sólo una adecuada comprensión de la
antinomia en comento, nos permitirá resolver el problema de la responsabilidad
moral en el sujeto finito racional.
Ahora bien, toda
antinomia ha sido presentada por Kant como una pareja de proposiciones, aparentemente
contradictorias, que se siguen de un mismo grupo de supuestos. Así, una
antinomia podrá resolverse, o bien revelando la efectiva contradictoriedad
de las premisas; o bien apreciando el hecho de que no existe tal
contradictoriedad, sino que, por el contrario, una y otra premisa pueden
concebirse como compatibles.
Así, y en el contexto de la antinomia de la razón pura, se discute, entonces,
la validez y alcance del principium grande: el principio de
razón suficiente leibniziano, amén de dejar abierta la posibilidad de un mundus
intelligibilis hasta ahora deslindado cuidadosamente, en cuanto
incognoscible y sin validez o realidad objetiva, del ámbito de la experiencia.
En este contexto, el
tratamiento dado a la noción de libertad en la Dialéctica Trascendental asume, sin más, una concepción inminentemente cosmológica de la
naturaleza, esencialmente porque nos la presenta (a la libertad) como una
capacidad de empezar un estado espontáneamente [von selbts] (A 533/B
561), cuestión que deberá ser contrastada con la llamada “causalidad mecanicista”
[causalidad según las leyes de la natuarleza], que rige la conexión de todos
los eventos en el tiempo.
Con todo, ya hemos
propuesto la imposibilidad de sustentar una teoría moral de la libertad sin
antes referirnos a la problemática de la tercera antinomia, en nuestra
opinión la más importante de todas. En este sentido, y de acuerdo con la
exposición de la Dialéctica, mientras del lado de la tesis se afirma la
necesidad de apelar a una primera causa a fin de encontrar el requerido sitio
de reposo para la razón, la antítesis, por su parte, niega tanto la necesidad
como la posibilidad de apelar a dicha causa.
Afirma, en cambio, que todo proceso causativo, sin excepción, debe ser de tipo
mecanicista, obligándose a admitir la existencia de una cadena causal infinita.
Conforme a la prueba de
la tesis, se comienza en ella concediendo a su contraria el hecho de que la
única causalidad existente en general es la propia de las leyes de la
naturaleza. Sobre esto, la noción misma de “leyes de la naturaleza” conlleva
la determinación omnímoda de que nada sucede sin una causa
suficientemente determinada a priori (A 446/B 474). Luego, todo cuanto
sucede en la naturaleza implica, necesariamente, un estado previo. Pues bien, si
queremos salvaguardar los fenómenos del mundo, o mejor, el mundo de los
fenómenos, es preciso admitir una “causalidad” distinta de la meramente
natural, es decir: una causalidad espontánea “que inicie por sí misma una serie
de fenómenos”, los cuales, por su parte, se atendrán a las condiciones de la
experiencia.
Kant llama a esta causalidad libertad trascendental: una libertad que
obra en el mundo, pero que no es del mundo.
Del lado de la antítesis,
llamada por Kant “principio de fisiocracia trascendental” (A 449/B 477),
intenta ésta resguardar la unidad de la experiencia estableciendo que no hay
libertad, y que todo llega a ser en el mundo solamente siguiendo las leyes de
la naturaleza. En su estructura, dicha antítesis comienza concediendo la
existencia de la libertad trascendental, esto es, la determinación de
una causa para comenzar de por sí una serie. Dicho esto, se tiene por sentado
el hecho de que la serie de causas posee un comienzo absoluto; mas, si bien es
cierto todo inicio de acción presupone un estado anterior (en el que se
encuentra la causa), un absoluto inicio dinámico de una acción presupone una
causa que no se halla ligada a ese estado (DUQUE: 2002; 141-142). Luego,
sostener la existencia de una libertad trascendental sería lo mismo que violar
la unidad de la experiencia, esencialmente porque una libertad de tales
magnitudes se opondrá, sin más, al fenómeno de la causalidad.
Siguiendo,
pues, la prueba de la antítesis, será preferible que el entendimiento
permanezca sobre el terreno de la experiencia sin aventurarse en el ámbito de
la razón; por lo demás, el entendimiento mismo evita caer en las ilusiones
propias de la razón, tales como el establecimiento de una causalidad libre
que se entrometa en el encadenamiento natural de los acontecimientos, cuestión
que haría incoherente la relación entre los fenómenos.
El problema es, pues,
éste: ¿es
correcta la disyunción según la cual todo efecto en el mundo tiene que derivar,
o bien de la naturaleza, o bien de la libertad?, ¿no habrá
que decir, por el contrario, que ambas alternativas pueden cumplirse
simultáneamente y desde un punto de vista distinto en el mismo acontecimiento?
(KrV, A 536/B 564).
Entonces, ¿qué es lo
que nos queda?, –se pregunta el filósofo alemán: nos queda, lógicamente,
la consideración de una casualidad por libertad, no la afirmación dogmática de
la libertad misma como una “causa”, si por tal entendemos una “cosa existente”;
al contrario, dice Kant, si los fenómenos son “cosas”, entonces la libertad es
insalvable… Y es que la causalidad no es una cosa ni está en la causa, sino… en
el efecto.
Sobre esto último, no debe entendérsele como si existiera una causa y además un
efecto, sino como determinación del paso de una al otro. Por ello
es que el autor de la Crítica se refiere a una “causalidad de la
causa” (A 544/B 572), es decir, no a la causalidad que está en poder de
una causa y se deduce analíticamente de ésta, sino a la causalidad o
determinación que da “poder” a esa causa, que “tiene” y “sostiene” a la causa. Por tanto, y dado que la
libertad no es inconsistente con la naturaleza, la antinomia no es realmente
una antinomia, sino dos proposiciones que pueden ser ambas verdaderas.
En fin, será en este
contexto donde el maestro de Königsberg nos presentará su propuesta final en
torno a la idea trascendental de libertad: por libertad, entiendo, la
capacidad de iniciar por sí mismo un estado; no se trata de una causalidad que
se halle, a su vez, bajo otra causa que, siguiendo la ley de la naturaleza, la
determine temporalmente; la libertad es en este sentido una idea pura
transcendental que, en primer lugar, no contiene nada tomado de la experiencia
y cuyo objeto, en segundo lugar, no puede darse de modo determinado en ninguna
experiencia, ya que hay una ley general, que regula la misma posibilidad de
toda experiencia, según la cual todo cuanto sucede ha de tener una causa (Cfr.
A 533/B 561).
III
Libertad Trascendental y Libertad Práctica. De la Tercera Antinomia de la Razón Pura a la Ley Apodíctica de la Razón Práctica.
No hay una cuestión
específica sobre la libertad de la voluntad, sino sólo una cuestión:
la libertas de la razón. La libertad de la razón
teórica y la de la razón práctica.
J. Rawls.
“En la primera
función, la razón es teórica; en la segunda, es práctica; el origen de la
obligación moral (das solen) es la razón, y no la experiencia de
impresiones y objetos. Así, por muchas causas naturales y estímulos
sensoriales que pueda haber y que me lleven a desear algo, nunca podrían hacer éstos
que me sienta obligado”.
Dado que la tercera antinomia se ha mostrado como el culmen de la exposición
de la libertad en la Primera Crítica, y teniendo en cuenta que lo
fundamental en toda exposición de una teoría sobre la libertad se encuentra en
el modo en como ésta se ajusta al problema de la libertad humana y de la
responsabilidad moral, es que, a nuestro entender, la exposición de la libertad
en la dialéctica trascendental conecta en forma precisa con la temática
desarrollada en la Critica de la Razón Práctica, en tales términos que libertad trascendental y libertad moral bien
pueden ser miradas como dos caras de una misma realidad. Luego, el
concepto de libertad, en la medida en que su realidad pueda demostrarse
mediante una ley apodíctica de la razón práctica, constituye la piedra angular
de todo el edificio de la razón pura (KpV, A4).
Siguiendo la propuesta
de Molina Cantó, dos serían las nociones que dan sentido al tratamiento
kantiano de la libertad en sus diversas acepciones: la noción de idea y la noción
de experiencia. Conforme a la primera de éstas, que no es sino la de
libertad trascendental, idea pura trascendental, ni derivable ni referible a
ningún objeto que pueda ser dado en la experiencia, presenta Kant a la libertad
como una “idea regulativa”, una especie de paradeigma
(παραδειγμα) cuya función
será, por un lado, el dar cumplimiento a la exigencia racional de
“totalidad” de la serie de los fenómenos y, por otro, el dar cabida a la
posibilidad de una causalidad libre dentro de la serie misma de los fenómenos.
De acuerdo, entonces,
con la exposición kantiana de la libertad trascendental, se le concibe a ésta
como la capacidad (vermögen) de empezar un estado espontáneamente (von
selbst). En este sentido, la “idea” de la libertad trascendental se vincula
de inmediato con la noción de la espontaneidad, en cuanto realidad opuesta a
la mera receptividad o pasividad en el orden fenoménico o natural. Así, la
idea de una libertad trascendental corresponde, precisamente, a la de una
causalidad espontánea, ya sea que esta se dé al interior de las series causales
del mundo fenoménico (causa libre en el mundo), ya sea fuera de tal serie
(causa libre fuera del mundo, como origen del mundo).
La libertad es en este
sentido una idea pura trascendental que, en primer lugar, no contiene nada
tomado de la experiencia y cuyo objeto, en segundo lugar, no puede darse de
modo determinado en ninguna experiencia, ya que hay una ley general, que regula
la misma posibilidad de toda experiencia, según la cual todo cuanto sucede ha
de tener una causa (Cfr. KrV, A 533/B 561).
Ahora bien, en lo que se
refiere a la segunda de las nociones que orienta la exposición kantiana sobre
la libertad, noción de experiencia, nos dirige ésta, inevitablemente, al
problema de la libertad práctica o moral del ser finito racional. En este
contexto es donde el autor de la Crítica hablará –paradójicamente– de una “experiencia” de la libertad o del “hecho” de la libertad (MOLINA
CANTÓ: 2005; 23). El pensamiento, de hecho, puede ir más allá de la experiencia,
de modo que a través de sus ideas, principalmente la de libertad, el sujeto es
capaz de trascender el nexo causal del mundo fenoménico en el que reside,
pudiendo transitar a un mundo inteligible, desde el cual la misma libertad hace
posible el principio de la realización moral del hombre en el mundo: la ley
moral.
Volviendo a nuestra idea
inicial, de que conforme a la propuesta kantiana la exposición de la libertad
en la tercera antinomia se presenta como el punto de inflexión entre el saber
especulativo y el saber práctico, entre la Crítica de la Razón Pura y la Segunda Crítica, es que es posible sostener que para el maestro alemán ha
sido posible compatibilizar las “leyes eternas” que gobernaban la razón
teórica, con los principios que fundamentaban una libertad irrestricta en el
terreno de la ética.
Lo anterior, básicamente porque el hombre, como ser racional (finito), pertenece
al mundo inteligible y no puede pensar la causalidad de su propia voluntad sino
bajo la idea de la libertad, en el sentido de independencia de las causas del
mundo sensible. Luego, junto a la idea de libertad se encuentra unido el
concepto de autonomía y el principio universal de la moralidad, cuestión que es
únicamente sustentable gracias a la distinción entre fenómeno y cosa en sí
desarrollada por Kant en la Primera Crítica.
No obstante lo anterior,
sí es posible distinguir una y otra noción de libertad. No hacerlo daría lugar
a una inadecuada hermenéutica de la obra kantiana. Mas, del hecho de que una y
otra noción sean claramente contrastables, no se sigue, en absoluto, que sean
completamente independientes. En efecto, y tal y como ha sido sostenido por
Rawls, libertad humana [libertad práctica] y libertad trascendental
van de la mano en la exposición kantiana. En este sentido, y dado que Kant
concibe a la libertad práctica como una causalidad de la razón en la
determinación de la voluntad (A 803/B 831), bien puede presentársela como
una “explicitación” en el plano moral de aquella libertad trascendental
(al menos en un sentido positivo) que en el maestro de Königsberg ha sido
esbozada bajo el alero de la espontaneidad.
Finalmente, si conforme
a la tesis kantiana se define a la libertad práctica como independencia de
la voluntad respecto de la imposición de los impulsos de la sensibilidad (A
534/B 562), es que no podemos pues, cuando juzgamos las acciones libres con
relación a su causalidad, subir más que hasta la causa inteligible, pero no más
allá; podemos reconocer que esta causa es libre, es decir, determinada
independientemente de la sensibilidad, y que de este modo puede ser la
condición incondicionada de los fenómenos (Cfr. B 584). Por ende, la moralidad
nos descubre, en Kant, el concepto de libertad. Libertad y ley moral se
condicionan una a otra, de modo que la libertad es el primer objeto
inteligible, o cosa en sí, que nos manifiesta el análisis de la obligación
moral, así como la moralidad es lo primero que nos hace patente la libertad.
Luego, la moralidad está destinada al agente racional.
En definitiva, el concepto
de libertad en cuanto a su realidad queda demostrado por medio de la ley
apodíctica de la razón práctica, cuestión que constituye la piedra angular de
todo el edificio del sistema de la razón pura, incluyendo la especulativa. Asimismo, el concepto de
libertad práctica se basa sobre esta idea trascendental, ya que en esta
última se encuentra la verdadera fuente de la dificultad que siempre ha rodeado
a la cuestión de la posibilidad de la libertad (A 533/B 561). De esta
manera, la negación de la libertad trascendental debería implicar,
ciertamente, la eliminación de toda libertad práctica (A 534/B 562).
IV
Consideraciones Finales. Del carácter fundante de la
Libertad Trascendental.
Usando la terminología
misma de Kant… el hombre no es libre
porque pueda apartarse del nexo causal; es libre –o, acaso, se
hace libre– porque no es enteramente
una realidad natural.
J. Ferrater Mora.
"Toda la línea
interpretativa del kantismo ha hecho del tratamiento de las antinomias la clave
de la Filosofía Crítica; el hecho de que en las antinomias de la razón
parezca enfrentada ésta consigo misma, es el motivo que lleva a Kant, en
los Prolegómenos, a atribuirles el título de inspiradoras de la Crítica de la Razón”.
Habiéndonos acercado al problema de las antinomias de la razón pura desde el
prisma de libertad trascendental, y teniendo en cuenta que el motor de
nuestra reflexión ha sido el carácter axial que en la propuesta kantiana
se le ha otorgado a la idea pura de la libertad, hemos llegado a plantear la
inequívoca conjunción que existiría entre la exposición de la Dialéctica y la de la Segunda Crítica, todo con base en una cuestión principal:
si bien es cierto que libertad trascendental y libertad moral son claramente
contrastables, son también, y fundamentalmente, perfectamente conciliables.
Y en esto nos hemos querido detener.
Buscando sustentos para
nuestra pretensión, hemos dado cuenta, primeramente, que el problema de la
libertad, para Kant, se ha planteado inicialmente en el contexto del mundo: el
conjunto de todos los fenómenos y sus series, siendo la ley que unifica y
organiza estos fenómenos la “ley de causalidad”. Lo anterior, esencialmente porque
la libertad es en primer lugar un tipo de causalidad que está en estrecha
relación con la causalidad de la naturaleza, pero que precisamente debe
distinguirse también de ésta. En esta relación y diferenciación radicaría,
sostiene Molina Cantó, todo el problema de la libertad para el kantismo.
De acuerdo con todo lo
expuesto, el concepto de libertad corresponde a lo que el filósofo alemán
entiende por concepto problemático, esto es, un concepto que no encierra
ninguna contradicción, pero cuya realidad objetiva no puede ser conocida de
ninguna forma; y aunque no es inconcebible que algún objeto se relacione con
dicho concepto, tal objeto no podría ser proporcionado por la sensibilidad. Por tanto, la libertad jamás
tendrá un carácter fenoménico ni podría ser captada mediante la intuición
sensible; ese uso negativo del concepto de libertad no significa la
existencia de una contrapartida positiva, porque el concepto permanece vacío y
no puede ser llenado por un objeto sensible, debido a que se trata de un
concepto limitativo.
Ahora bien, la libertad,
en el plano del conocimiento teórico, sólo puede ser pensada, no conocida, y
esto no supone contradicción alguna. Su Idea, paradojalmente posible
a su vez por la libertad de la razón, constituye en el plano cognoscitivo
nada más que un problema.
De este modo, en la medida en que la libertad es un hecho de la razón, o al
menos la conclusión inmediata que se saca de un hecho de la razón, la
libertad es el objeto de un conocimiento práctico: la libertad,
señala Kant, es la única entre todas las ideas de la razón especulativa,
cuya posibilidad a priori sabemos, sin penetrarla, sin embargo, porque ella es
la condición de la ley moral, ley que nosotros sabemos. La libertad no
es solamente incognoscible en sí misma, sino también inexplicable (Cfr.
ZAMORANO AGUILERA: 1987; 77-78). De esta manera, la razón traspasaría todas
sus fronteras si se atreviese a explicar cómo la razón pura puede ser práctica,
lo que equivaldría enteramente a explicar cómo es posible la libertad. No
existe, en efecto, ningún otro dato teóricamente demostrable que nos permita
comprender cómo una ley puede ser de por sí y directamente fundamento
determinante de la voluntad.
Volviendo a la tesis de
nuestro estudio, el encuentro entre libertad práctica y libertad trascendental
es sólo posible en cuanto dicha libertad pueda ser atribuida a los seres que
no sólo sean fenómenos, sino también cosas en sí. Y es el hombre,
precisamente, el ser que tiene un poder inteligible que le permite
determinarse a la acción únicamente por principios del entendimientos… el
hombre es para él mismo, por un lado fenómeno y por otro, desde el punto de
vista de ciertas facultades, es un objeto inteligible, ya que su acción no
puede ser atribuida del todo a la sensibilidad.
El misterio inexplicable
del hombre radica para Kant en su “independencia del mecanismo de toda
naturaleza”, en una “espontaneidad”, en virtud de la cual el hombre “puede
simplemente captar un estado y con él una serie de consecuencias del mismo”.
Pero esta libertad trascendental (de la persona racional) no la tiene Kant por
“científicamente” cognoscible, pues según él sólo es cognoscible como “suma de
las apariencias”, y lo es porque el entendimiento con su categoría de la
causalidad le dicta lo que en ella hay de regulable y legislable (HÖRMANN:
1985; 750-751).
Conforme con la
propuesta de K. Hörmann, la justificación kantiana del carácter moralmente
libre del hombre procede de dos cuestiones principales, a saber: i) de la
posibilidad de pensar al hombre como un noúmeno fuera del orden
causal de la naturaleza y, por ende, como moralmente libre; ii) del hecho de que
las proposiciones “el hombre como noúmeno es libre” y “el hombre como
fenómeno es parte del orden causal de la naturaleza”, son perfectamente
compatibles. En este sentido, el kantismo ha estimado que la tercera
antinomia de la razón pura sólo puede resolverse admitiendo la posibilidad
combinada de ambas proposiciones, aceptando, con todo, el llamado idealismo
trascendental.
Respecto de esta Tercera
Antinomia, que encierra el problema de si existe o no libertad, tesis y
antítesis parten del supuesto de que todo lo que sucede tiene una causa.
Así, mientras la antítesis ha dispuesto que la única causalidad admisible es la
causalidad de la naturaleza, la tesis lo niega, en beneficio de una
supuesta causalidad de la libertad, en la cual la causa no precede al
efecto.
De esta manera, y tal y como ya se ha propuesto, la clave para resolver esta
postura antitética estará únicamente en una acabada compresión de la distinción
entre fenómeno y noúmeno, no como una distinción de carácter ontológico, sino
como una distinción epistémica. De este modo, asumir que la distinción
entre “fenómeno” y “noúmeno” es de naturaleza ontológica, nos haría suponer la
existencia de dos mundos diferentes y reales a la vez, y esto es insustentable.
Entonces, como dicha distinción es patentemente inadmisible, las acciones
humanas, y el hombre como ser finito racional, pertenecen, al mismo tiempo, a
estos dos mundos.
Con todo, si nuestra
propuesta ha sido el conectar, con base en el problema de la libertad, el plano
teorético con el práctico, hemos buscado, para ello, a una lectura
“armonizante” de una y otra Crítica. En este sentido, mientras en la Crítica de la Razón Pura establece Kant la posibilidad de la libertad trascendental
mediante la resolución de la Tercera Antinomia, en la Crítica de la Razón Práctica establece su realidad al mostrar su necesaria conexión con
la ley moral: la ley moral es la ratio cognoscendi de la libertad, en
tanto que la libertad es la ratio essendi de la ley moral.
Finalmente, tal es la
importancia que Kant le ha otorgado al tratamiento de la libertad en la Dialéctica Trascendental, que, de acuerdo con los trabajos de R. Torretti, la autoconciencia
de la espontaneidad intelectual se identificaría, sin más, con la libertad:
el concepto de libertad constituye, entonces, la piedra angular de todo el
edificio de un sistema de la razón pura, aún de la especulativa, de modo que
tanto la idea de Dios y como la idea de inmortalidad, se enlazan al concepto de
libertad, y adquieren por él y con él consistencia y realidad objetiva.
Por último, y en
atención a esta clave complicidad existente entre libertad práctica y
libertad trascendental, la noción misma de libertad moral se halla
fundamentada, ineludiblemente, en la idea pura de libertad. Asimismo, y de
cara a la tesis de H. Allison, la concebibilidad de la libertad práctica
implica una referencia necesaria a la idea trascendental. Por ello es que
la libertad trascendental posee una función regulativa respecto de la
concepción de la libertad práctica, lo que concuerda con la función de modelo, “paradeigma”,
asignada a la Idea en la observación de la tesis de la tercera
antinomia. Luego, y dado que considera Kant que la voluntad humana es libre en
sentido práctico sí y sólo sí también es libre es sentido trascendental, la
supresión de la idea trascendental de la libertad significaría, de
inmediato, la supresión irremediable de la libertad práctica. En suma, si bien es cierto que la
libertad se manifiesta en la naturaleza, ella misma no pertenece a la
naturaleza.·- ·-· -······-·
Sebastián Antonio Contreras Aguirre
Cfr. DUQUE, op.
cit., pp. 141-142.
Cfr. ZAMORANO AGUILERA,
op. cit., pp. 24-25.
Cfr. DUQUE, op. cit.,
p. 145.
Cfr. TAYLOR, CH., “La
teoría de la libertad en Kant”, en, Revista de Estudios Públicos, n° 93, 2004,
pp. 5-28.
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