“La dirección justa es la de la verdad histórica, la
de varias promociones de españoles que mediado el siglo XX, elaboraron una
doctrina política y constitucional independiente para edificar un Estado en
España; pero también para someter al Derecho, dándole forma, la voluntad
constituyente de la Nación, suspendida en manos de los vencedores de una
guerra”. Estas palabras transcritas del profesor Jerónimo Molina, promotor y
editor de esta obra recopilatoria de los textos fundamentales de Ángel
López-Amo [Alicante 1917-Washington 1956], nos introduce en la clave de la
empresa editorial que la Sociedad de Estudios Políticos de la Región de Murcia
comienza: la recuperación intelectual de la última gran generación de
"Juristas de Estado" de nuestra historia contemporánea, en sus obras
fundamentales, hoy sometidos al olvido académico, pero fundamental para el
estudio de la estatificación final de la nación española: Jesús Fueyo
[1922-1993] y la recuperación en tiempos de disolución nacional su libro El
Estado y la constitución de España, Rodrigo Fernández-Carvajal [1924-1997]
con su texto capital La Constitución española, Eustaquio Galán Gutiérrez
[1910-1999] y la más que oportuna reimpresión de su libro Los defectos de la
Constitución española de 1978, Gonzalo Fernández de la Mora [1924-2002] y
la reedición de La partitocracia en un momento decisivo, y Francisco
Javier Conde [1908-1974] con su obra imprescindible para el Derecho político
español: Representación política y régimen español.
Bajo el título de El principio aristocrático, el
primer texto de la colección recopila los principales trabajos del profesor López-Amo,
renovador del tradicionalismo y promotor de un modernizado liberalismo
organicista. La magistral selección de sus artículos nos resume las claves de
un pensamiento jurídico-político sumamente original, introducido por los
profesores de manera sucinta por J. Molina y M.A. Bastos Boubeta La Advertencia
del profesor Molina nos advierte del significado de esa generación, a la que
perteneció López-Amo, en la historia del derecho político español. El Estudio
preliminar el profesor Bastos Boubeta, gran conocedor del tradicionalismo
español y el liberismo o libertarismo americano plantea, en cambio, no sólo la
semblanza vital e intelectual del jurista alicantino, sino que principia, en
clave de modernización, una tesis de gran valor historiográfico: relaciones
entre el genuino pensamiento liberal y la tradición de las “derechas viejas
hispánicas”, ante el impacto del libertario anglosajón y frente a la deriva
“centrista” del conservadurismo nacional. La tesis central del profesor Bastos
incide, magistralmente, en la posibilidad histórica contenida en el proyecto de
López-Amo: podría haber realizado la síntesis entre el tradicionalismo español
del XIX, que se desarrolló de espaldas a las doctrinas económicas, y la escuela
de Salamanca (cuyo legado explotan hoy hábilmente los adictos al Austrian
Economics).
Ambos proemios encuadran el “principio aristocrático” del
que fuera Catedrático de Historia del Derecho en Valencia y Santiago de
Compostela y de Derecho Político en el Estudio General de Navarra (en la
actualidad Universidad de Navarra), miembro de Opus Dei y preceptor del
príncipe de España. Un principio de alto calado espiritual, a la manera de
nuestro insigne Ramiro de Maeztu [1875-1936],
que determinó, en última instancia, su tesis magna sobre la “Monarquía de la
reforma social”, trasunto del nuevo horizonte al que debía asomarse la
Tradición hispana, portadora de los verdaderos principios liberales contenidos
en la teoría orgánica de la sociedad, a través de un sistema jurídico-político
de base corporativa (rectius democracia federalista).
En el primer texto escogido, Insignis Nobilitas
(1950), bajo las enseñanzas de Tácito [55-120], la sociología de G. Simmel [1858-1918] y la Monarquía social de Lorenz von Stein
[1815-1890], examinó los principios rectores de la vida social de la
Aristocracia en sus orígenes y su disolución, las causas de su aparición y las
consecuencias de su eliminación. No era “un canto estéril” al pasado, sino la
reivindicación “del respeto de quienes durante siglos han hecho la historia de
la humanidad (…) sin olvidar que todavía representan una reserva de virtudes
sociales para el porvenir si sabe realizar todo el sentido de aquella frase de Juan
Vázquez de Mella [1861-1928]: que no importa que los caballeros sean mendigos, con tal que los mendigos sean caballeros”. La
descalificación contemporánea del “valor social de la aristocracia”, de los
“méritos del pasado” era la descalificación misma del organicismo social. Esta
crítica, obra contemporánea de la “igualdad política” y el prejuicio
democrático sobre el principio hereditario de las aristocracias, daba
preferencia al mérito individual sobre el valor social de la clase, lo que
desnaturaliza la imagen de la esencia y función de la aristocracia. El
igualitarismo, al aspirar a la superación de la creencia en el origen divino
del poder y en los medios orgánicos de ordenación social, fundaba y justificaba
el poder político en los conceptos de libertad e igualdad; la filosofía
racionalista del siglo XVIII determinó que no existían otros fundamentos del
poder ni otras bases para la organización jurídico-política. No tenían
fundamento y posibilidad en futuro, gobiernos que no fueran democráticos; la
herencia aristocrática o la solución dictatorial quedaban fuera del juego del
poder.
En el artículo Estado Medieval y Antiguo Régimen
(1950), resumen de su conferencia en el Ateneo de Madrid (en el ciclo Balance
de la cultura moderna y actualización de la tradición española), realizó un
estudio sobre la evolución de la forma política estatal de los inicios de la
época medieval hasta los estertores de la edad moderna, mostrando la
importancia de la profundización en la Historia como campo de experimentación
científica. En este tránsito histórico, López-Amo vio como, por efecto de una
revolución encarnada en la soberanía nacional, se cerró una etapa de perfecto
equilibrio entre las libertades propias comunidad social y la legitimación del
poder político. La reforma social, evolución gradual y lógica del sistema
estamental dirigido por la Monarquía absoluta, dio paso a una revolución social
que “no vino ni a corregir ni a sustituir un orden caduco”, simplemente “cambió
el sujeto de la dominación social”. La lucha de clases y la dictadura de clases
fueron los efectos de esta mutación, que cerraba “el más largo y brillante
periodo de la cultura occidental”.
Burguesía y Estilo burgués (1956) analizaba el triunfo político de la burguesía “productora de ideología”
frente a la verdadera libertad, encarnada en el valor social de la Aristocracia,
la modernización de la Monarquía del Antiguo Régimen y la constitución orgánica
de la sociedad (tesis completada en Sobre el Estudio profundo de las
revoluciones, 1956). Pero su análisis cuestionaba las bases de ese triunfo:
pese a que la burguesía había conducido al “extraordinario
progreso en la técnica y en la economía”, había fracasado estrepitosamente como
clase política dirigente, al sumarse a empresas revolucionarias o reaccionarias
que inventaban nuevas formas o sistemas de gobierno. “Ni la justicia social ni
el orden político han sido precisamente un triunfo que pueda apuntarse la
burguesía”; la miseria y la amenaza del proletariado eran ejemplos palmarios.
En El proletariado y el problema social
(1953), analizaba las raíces de la Cuestión social nacida del triunfo del
Estado burgués. “El hecho de que haya muchos miles, muchos cientos de miles de
hombres que no poseen los medios elementales indispensables para realizar en su
familia el más modesto ideal de felicidad humana conmueve a cualquiera que se
entere de ello. Durante muchos años, sin embargo, no ha conmovido a nadie”.
Esta era una realidad que la burguesía industrial y capitalista ni supo ni quiso
solucionar, sin atisbar “la gravedad del problema”, viendo solo al proletariado
“en su aspecto revolucionario explosivo, es decir, lo vieron cuando ya era
enemigo, y quizás era enemigo porque nadie lo había visto antes de otra
manera”. Ante esta actitud asbtencionista, cuando no obstruccionista, López-Amo
observaba como “proletariado se fue a buscar la solución por su cuenta a otro
lado, en una nueva concepción del mundo y de la Historia, una nueva doctrina
económica y una nueva práctica revolucionaria”. Frente a doctrina
revolucionaria del Socialismo y al intervencionismo liberticida del Estado,
López-Amo reivindicaba de nuevo el organicismo social. “Si la sociedad no
renueva su concepción del hombre y de la vida, si no enriquece sus
disposiciones espirituales con respecto al individuo y a la comunidad, no será
más fecunda la actual generosidad que al anterior egoísmo”. La clave de esta
renovación estaría en las “comunidades naturales”, disueltas por un liberalismo
burgués que “fundó todo en el supremo valor del individuo. Consecuentemente,
rompió todas las ataduras que ligaban al hombre a algo trascendente. El
individuo fue separado de Dios, pero fue separado también de sus semejantes”. Y
esta renovación se concretaba en una “vida social-corporativa de la empresa”
–siguiendo a José Antonio Primo de Rivera ligaba de nuevo al trabajador a su familia y a la obra de su trabajo, devolviéndole su personalidad. El
pensamiento corporativo inspiraba soluciones como los sindicatos verticales o
la corporación autónoma, creados para superar la oposición de los campos
antagónicos y “establecer en su lugar la cooperación de todos los elementos que
integran una rama de la producción”. Con ellos se recuperaba “el campo de los
servicios como base de la nueva comunidad”.
Los caminos de la libertad (1947) comenzó el
desarrollo de su tesis corporativista desde una previa delimitación de la
noción de libertad. Frente a una “libertad formal”, basada de manera exclusiva,
en que “el gobierno supremo del país deriva de la voluntad del pueblo, que
elegía a un Presidente o a unos Parlamentos en unas elecciones, López-Amo
apelaba a la auténtica noción: la” libertad real”. Partiendo de las tesis del
teólogo protestante suizo Emile Brunner [1889-1966],
oponía a la “democracia formal”, donde el poder del Gobierno y de su aparato
estatal se convierte en todopoderoso frente al individuo, estando la libertad y
la justicia a merced de la mayoría de votos, una “democracia real”, histórica
y federal presente ya en el tradicionalismo político hispano (J. Balmes [1810-1848], E. Gil Robles [1841-1908], J. Donoso Cortés [1809-1853]). En la Tradición católica y foral nacional encontraba el
ejemplo para demostrar al mundo la esencia filosófica abstracta del concepto
individualista llamado “libertad política”; ésta, basado en la idea de directa
intervención del hombre en el gobierno de la comunidad, se oponía al concepto
tradicional de “libertad real e histórica”, fundada en la autonomía de las
comunidades inferiores. La tradición le mostraba un tiempo en que el poder del
Estado se encontraba separado del resto de personalidades (individuales y
sociales), que negociaba con ellas y respetaba su esfera autónoma. Pero este
Estado, el Estado medieval, cayó ante la toma del poder por una “sociedad ontologizada”,
que identificó Estado y Nación, y convirtió a ésta en exclusiva soberana con
capacidad “para legislarlo todo”. Nacía un Estado moderno como encarnación
misma del Derecho; frente a él no existían otras personalidades jurídicas, y
ante la persistencia de grupos y clases en el seno de la Nación, este Estado
buscó la unidad necesaria mediante una rigurosa centralización, y mediante el
predominio de una clase social sobre el resto (la burguesía). Pero ambas
soluciones eran, para López-Amo, “la negación de la libertad”.
En Algunos
aspectos de la doctrina española en torno al federalismo (1948), encontraba
en la tradición foral y corporativa española, frente al falso federalismo
republicano y jacobino, la esencia de la libertad real e histórica. La
experiencia española le mostraba que la libertad no era la simple participación
en el gobierno o elegir a quién manda: “la libertad no depende de la posición
en el gobierno, por encima del pueblo o salido de él, sino de la organización
social considerada en sus relaciones con el poder público”. La verdadera
libertad, orgánica y jerárquica, era el “medio para limitar el poder absoluto
nacido de la Reforma protestante y sacralizado por la Revolución francesa”. La
“libertad” real de López-Amo residía en la conexión entre el liberalismo social
y la tradición comunal: por ello, en primer lugar, compartía con los “liberales
sociales” la máxima de que “el individuo no esta hecho para el Estado” (B. de
Jouvenel [1903-1987], E. Renan [1823-1892]);
pero se diferenciaba al apuntar que el hombre solo “estaba hecho para Dios” y
“ha de vivir dentro de una serie de grupos sociales, con cada uno de los cuales
debe tener deberes ineludibles”. La tradición cristiana determinaba la moral y
autonomía de estos “cuerpos sociales”, y a través de ellos, la dignidad y
evolución de la forma política estatal, como se vio desde la época medieval.
Pero el triunfo de la libertad política “formal” hizo tabla rasa de la
estructura social y política del pasado “real”, y convirtió al Estado en un
poder ilimitado. Se eliminaron los tradicionales diques a su actuación,
quedando aislado el ciudadano y sin respeto la constitución histórica de la
Nación; solo Suiza supo combinar la libertad política con la libertad de los
cuerpos sociales intermedios.
Las Cartas académicas a un príncipe joven (1955-1956),
publicadas en La Vanguardia en 1966, son el testimonio póstumo de las enseñanzas
de López-Amo a su antiguo alumno y futuro Rey, D. Juan Carlos
I. En ellas, López-Amo no sólo las reflexiona sobre el “hecho político” (en
especial sobre la legitimidad histórica y la necesidad de modernización), sino
que aportó algunos elementos jurídico-políticos necesarios para la instauración
monárquica. Así recorrió el “Concepto de monarquía y las clases sociales”, los “Trabajos
y preocupaciones del Monarca”, la “Razón y principio de la autoridad”, el “Concepto
y valor de la igualdad”, “Sobre el origen del poder”, el “Origen popular del
poder”, o el “Cambio de dueño en el Estado”. Las tesis en ellas contenidas
incidían en la oportunidad de instaurar una forma política monárquica capaz de
aprender la lección de la historia y de la política, y fundada en la
legitimidad de la libertad de las “comunidades naturales”. Pero López-Amo no
llegó a ver la dirección y el contenido de la final instauración de la
Monarquía de su antiguo pupilo; falleció en accidente de tráfico en
Wordfordsburg (EEUU) en 1956, cuando preparaba la segunda edición de La
Monarquía de la Reforma social, a la edad de 39 años.
La prematura muerte de Ángel López-Amo fue, quizás, la
premonición de un cambio político que no tardaría en llegar, y que como
advierte el profesor Bastos Boubeta, cortó de raíz una de las más prometedoras
líneas de renovación de la tradición política española, genuinamente liberal, y
llegó a simbolizar, posiblemente, el complejo doctrinal que acusa la derecha
política española a inicios del siglo XXI. Pero la “verdad histórica” de sus
enseñanzas e ideas, del “principio aristocrático” de López-Amo recogido en
estos textos, nos marca una dirección, que nunca debió perderse, en el estudio
del fenómeno de la legitimación del poder político, gracias a esta valiosa
apuesta editorial del profesor Jerónimo Molina. Las futuras generaciones de
juristas y politólogos se lo agradecerán.·- ·-· -······-·
Sergio Fernández Riquelme
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