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ABORTAR=ASESINAR El aborto es un asesinato, pues se mata a una persona con premeditación (se prepara  reflexivamente, tal como lo marca la ley con su procedimiento, y se perpetra un delito, aunque sin  pena, como también indica la ley) y alevosía pues no hay riesgo para los asesinos. R.A.E.: - asesinato. 1. m. Acción y efecto de asesinar. - asesinar. (De asesino). 1. tr. Matar a alguien con premeditación, alevosía, etc. - premeditación. (Del lat. praemeditatio, -onis). 1. f. Acción de premeditar. - premeditar. (Del lat. praemeditari). 1. tr. Pensar reflexivamente algo antes de ejecutarlo. 2. tr.  Der. Proponerse de caso pensado perpetrar un delito, tomando al efecto previas disposiciones. - alevosía. (De alevoso). 1. f. Cautela para asegurar la comisión de un delito contra las personas,  sin riesgo para el delincuente. Es circunstancia agravante de la responsabilidad criminal. (recuerdese que el aborto voluntario sigue siendo delito tipificado aunque se le elimine la pena)
«Cada año mueren en España por aborto químico más españoles que los caídos en los tres años Guerra Civil
Cada semana son asesinados por aborto quirúrgico en España tantos españoles como ETA ha asesinado durante sus 40 años de acciones terroristas
El aborto es legal en España, desde la Ley Orgánica 9/1985, aprobada por el Parlamento, ratificada por el Rey, y mantenida por los gobiernos del Sistema»


El Tiranicidio según Santo Tomás de Aquino: ¿A favor o en contra?

por Gonzalo Flores Castellanos

Es el tiranicidio, y su extrapolación en otras posibles medidas civiles y penales contra los gobernantes injustos, un tema vigente. Santo Tomás indica en su “Gobierno de los Príncipes” que el Tirano es quien desprecia el bien común y busca el bien privado; “se ha de proceder contra la maldad del tirano por autoridad publica”. La respuesta a nuestra interrogante de si nuestro autor aprueba o desaprueba el tiranicidio podríamos encontrarlo en el mismo capitulo VI cuando dice que “Cuando la tiranía es en exceso intolerable, algunos piensan que es virtud de fortaleza el matar al tirano”

Santo Tomás de Aquino es sin lugar a dudas, el genio máximo de la exposición cristiana, desde sus albores y comienzos en el más paradigmático e imponente Monasterio de todos los tiempos “Montecasino”, fundado por el único Santo quien además de Jesucristo y de San Juan Bautista es celebrado en su día de nacimiento el 11 de Julio, San Benito Abad -Patrono de Europa-. Entonces, es lógico afirmar que desde este centro de estudios y de trabajo (Ora et labora) pudiera tan insigne personaje conocer a su mas grandes guías en sus posteriores tratados: Aristóteles y Platón, que fueron retomados por Tomás de Aquino de manera exclusiva en la interpretación de la vida divina y humana en sus mas concisos fundamentos.

En el caso de sus obras podemos encontrar mucha iluminación en tanto a los tópicos que maneja, tal es el caso de su trabajo cumbre “ la Summa Theologica ” que sigue marcando hasta hoy en día una obligada referencia. Pero es muy curioso encontrar que en este punto que nos interesa estudiar -Tiranicidio- parece a veces un poco temeroso en sus aseveraciones, (esto no es osadía de mi parte), lo menciono por la comparación del mismo tema tocado por otros autores contemporáneos del “Ángel” tales como Juan de Salisbury, Plutarco antes y el mismo Juan de Mariana.

Sumando la experiencia de que solo Tomás de Aquino logró escribir tan bien la mal entendida discordia entre fe y razón, momentos que logro poner en consonancia.

En el caso de los poderes temporales y espirituales que desde la Teoría de las dos espadas del Papa Gelasio marcó la agenda durante toda la edad media, en el sentido de la teoría política, Tomás de Aquino no es ajeno a esta “preocupación del poder” deduciendo algo que quizás hoy en día ni siquiera se atrevería uno a pensarlo: el orden espiritual supera al temporal, los reyes temporales deben estar subordinados a los sacerdotes [1]; lo que demuestra hasta cierto punto la soberanía del poder espiritual sobre el terrenal en la categoría mundana, pareciendo congruente con todos los hechos que se daban en la vida ordinaria medieval.

Es importante conocer que aun en el Catecismo de la Iglesia Católica la pena de muerte es permitida como compensación de los desordenes introducidos por las faltas, y que es de mucha ayuda para poder discernir posteriormente la idea de un tiranicidio, tal como textualmente lo dice el Numero 226 del CIC: “La preservación del bien común de la sociedad exige colocar al agresor en estado de no poder causar perjuicio. Por este motivo la enseñanza tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamento del derecho y deber de la legitima autoridad publica para aplicar penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos de extrema gravedad, el recurso a la pena de muerte...”.[2]

Con atención a la cita anterior y sobretodo a las negritas, Santo Tomás indica en su “Gobierno de los Príncipes” que el Tirano es quien desprecia el bien común y busca el bien privado; “se ha de proceder contra la maldad del tirano por autoridad publica” notándose la fuerte influencia en el numero arriba citado del CIC con respecto a la verdadera legitimidad de la autoridad publica, siendo según nuestro autor lo mas deplorable, el que el Tirano grave no solamente las cosas temporales de sus súbditos, sino ante todo que “impide” las espirituales, diciendo mas adelante dentro del mismo Capitulo III: “Y no es raro, pues el hombre, despojado de la razón; se deja arrastrar por el instinto, como la bestia, cuando gobierna”.[3]

Arribando hasta punto bien definido ya en el Capitulo VI de la obra como conclusión de que “Aun en este ultimo caso (la tiranía) debería tolerarse para evitar mayores males” argumentando que cada tirano que se pretenda de eliminar por otro personaje o por algún grupo acabaran terminando en otra tiranía, por el vicioso génesis de la llegada al trono; cometiéndose en demasía, arbitrariedades que serian más dañosas que la misma tiranía.

La respuesta a nuestra interrogante de si nuestro autor aprueba o desaprueba el tiranicidio podríamos encontrarlo en el mismo capitulo VI cuando dice que “Cuando la tiranía es en exceso intolerable, algunos piensan que es virtud de fortaleza el matar al tirano”. Y continua Tomás de Aquino exponiendo algunos ejemplos del antiguo testamento, pero con serenidad y determinación subraya que esto no está de acuerdo con la doctrina de los apóstoles, según Pedro -ser súbditos reverentes no solo de los gobernantes buenos y humildes, sino de también de los señores díscolos- (II Pedro 2). Contando al final con la única y siempre efectiva “gracia de Dios” para soportar con paciencia los sufrimientos y las injurias. Pues, al fin y al cabo “El corazón del rey está en manos del Señor, quien lo inclinará a donde quisiere”. (Prov.12,1).

Encontrando una excusa más en la culpa del pueblo por los pecados cometidos, la asunción de los Tiranos, esperando con esta prueba ser purificados -el pueblo- de la culpa.

Sabine por otro lado apunta que Santo Tomás consideraba a la sedición como pecado mortal, pero la resistencia justificada a la tiranía no constituía, a su juicio, sedición. Porque el poder está justificado únicamente en la medida en que sirve al bien común... [4]

Pero el dato mas escandaloso, lo leemos en la obra de antología histórica “The terrorism reader” [5] cuyo compilador y editor Walter Laqueur explica que Santo Tomás toca el tema del tiranicidio en la Summa Theologica con pinzas, afirmando que la rebelión es un pecado mortal, sin embargo enseña que la liberación del pueblo de una tiranía debe ser considerado como un acto laudable; posteriormente toca los limites y el derecho de la defensa personal tomando una buena parte de San Agustín, restringiendo el derecho de matar a otro ser humano en los casos donde se utiliza la autoridad publica y en los mejores intereses del bien común, porque la defensa personal se legitima en el acto justificable de la auto-preservación (circunstancia prevista también en el derecho natural).

Recordando que es Aristóteles quien interviene en el Aquinatense para ver a la monarquía como la mejor forma de gobierno, en tanto que la tiranía (la corrupción de la monarquía) es la peor. Santo Tomás da tres consejos para prevenir o remover a los tiranos: el primero, es constituir la monarquía de manera que el pueblo multitudo retenga el derecho de deposición. El segundo es pedir la intervención de una autoridad superior, en este caso el Papa Romano quien puede no solo deponer al tirano, sino también acusarlo de herejía y condenarlo a muerte. Finalmente, el remedio infalible es la oración al “Rey de Reyes” quien como mas arriba mencionábamos puede cambiar los deseos del corazón del tirano hacia un arrepentimiento pleno.

Pero, aun no se muestra un despejado comentario hacia el tiranicidio como aprobado o condenado por el Aquinatense, hasta que nos topamos con su comentario en el “Magister Sententarium”, escrito que ha sido la base para asegurar por varios estudiosos que Santo Tomás aprobaba el tiranicidio, sobretodo según Laqueur, los jesuitas. En donde la pregunta reside en qué casos una potestad no viene de Dios, discutida escolásticamente. Plasmada la obra entre los años de 1254 y 1259, atribuye que la razón de no obedecer a un usurpador ilegal está en el fenómeno histórico donde Tulio imputaba los asesinatos de Césares como tiranicidios, sosteniendo Santo Tomás entonces que -aquel que mate a un tirano en orden para liberar a su país es alabado y recompensado-.

Dejándose ver una cierta permisión, que ha sido justificada por varios, pero también y me parece acertado lo que dice Laqueuer “Mucho peso no debe darse a este supuesto, ambiguo pasaje de su joven trabajo, siendo aun así, llena de incertidumbre una posible justificación del tiranicidio como -el asesinato de un “tyrannus in titulo”-.

Concluyendo pues, que en ningún pasaje de Santo Tomás como decíamos en los inicios de este trabajo, puede darnos indicios “concisos o bien establecidos” de la posibilidad de justificación o condenación del tiranicidio en asimilación con otros autores de su tiempo, como Juan de Mariana que claramente justifica el tiranicidio, o Juan de Salisbury quien lo aprueba como parte del servicio a Dios. Por tanto, no podemos atrevernos a considerar la elección de una opción con estos escritos que tratan del caso, ni siquiera los más grandes investigadores tomistas han podido definir dicha cuestión.

Ciertamente la convicción del caso debió de preocupar a Tomás de Aquino por el contexto de su tiempo, y aquí podríamos reconocerle que su grandeza a través de los siglos se debe en gran parte a su prudencia; que el Doctor de la Iglesia de esta forma sea interpretado correctamente.

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Gonzalo Flores Castellanos


*Agradezco la bibliografía a mi maestro Manuel Díaz Cid, al Mtro. Alejandro Guillén por sus aportes, al P. Enrique Novoa S de J y al Lic. Juan Louvier por sus útiles comentarios.

Notas al pie:

[1] González Carlos Ignacio S.J.: Estudio Introductivo sobre Tomás de Aquino en “Gobierno de los Príncipes” México, Ed. Porrúa, 1996, Pág. 79.

[2] Asociación de Editores del Catecismo, “Catecismo de la Iglesia Católica, Madrid, 1992, Pág. 498.

[3] Santo Tomás de Aquino “Gobierno de los Príncipes” México, Ed. Porrúa 1996, Pág. 262.

[4] Sabine H. George, “Historia de la Teoría Política” Mexico, Fondo de Cultura Económica, 2002, Pág. 206.

[5] Laqueur Walter, “The terrorism reader: a historical anthology”, New York, New American Library 1978, pp.24-26. -La traducción es mía-


VII Congreso Católicos y Vida Pública
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