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Derechos y Deberes
Las declaraciones de principios políticos, los derechos constitucionales debemos juzgarlas, no por la pomposidad de sus proclamas sino por los frutos que ofrecen al desarrollo de los mismos a los pueblos sobre los que tienen jurisdicción.
Apelando, como reclamo, a los derechos, y
desde una determinada visión relativista de entenderlos como
concepto, se ha procurado, consiguiéndolo, introducir una
filosofía denominada del "individuo" (visión
materialista del hombre), enfrentada y contrapuesta a la
filosofía de la "persona", basada en la Verdad y la
Libertad.
En esta visión, los derechos, se convierten en continua
reclamación, usando también manipulado el concepto de
"libertades", sin hablar para nada de los deberes que
implican esta exigencia de derechos.
Cuando hablamos de derechos, relacionándolos con la Libertad, y
esta relación es muy cierta, debemos interpretar ésta, no desde
una filosofía individualista e insolidaria, sino en relación
con unos ingredientes, imprescindibles, como la Verdad y la
Responsabilidad.
Para no quedarnos en el abstracto del concepto examinemos como la
filosofía del individuo, no de la persona, se plasma en las
declaraciones políticas y en las Constituciones occidentales del
mundo contemporáneo, y es el origen de muchas injusticias,
generalmente contra los más débiles.
Así, a pesar de grandes declaraciones de principios que aparecen
en todos estos textos, de sus apelaciones a los derechos humanos,
en la mayoría de ellos se permite, por acción y omisión, la
vulneración del primero de estos derechos, que es el de la vida,
permitiendo el asesinato de inocentes a través del aborto. Ya ni
si quiera se plantean, dando por sentada su legalidad, la
anticoncepción que ciega la fuente de la vida.
Se reivindica la familia, en genérico, como pilar básico de la
sociedad, y el derecho a formarla, pero se fomenta el divorcio
para destruirla y se promocionan formas de pseudofamilia para
disolverla y transformarla contranatura.
Se proclama el derecho al trabajo y sus consecuencias de libertad
y dignidad por los ingresos que proporciona, y se crea un
régimen económico que permite políticas y legislaciones
explotadoras del trabajador y destructoras de la creación y
distribución de riqueza.
Se nombra el derecho a la salud, que debe ser tanto física como
psíquica, y se legalizan las drogas (con la peligrosa
distinción entre blandas y duras), y se crea un clima social
propicio para la extensión del SIDA, etc...
De todo lo anterior, son solo algunos ejemplos que podríamos
extender a multitud de campos, podemos inferir que las citadas
declaraciones de derechos, a las que nos referimos, son, en el
mejor de los casos, sólo, declaraciones de buenas intenciones,
como podemos ver por los resultados de su aplicación, cuando no
la justificación para introducir colateralmente un contenidos
relativistas que destruyen al hombre porque los desvían de sus
valores reales de carácter categórico, por su origen y
transcendencia.
Las declaraciones de principios políticos, los derechos
constitucionales debemos juzgarlas, no por la pomposidad de sus
proclamas sino por los frutos que ofrecen al desarrollo de los
mismos a los pueblos sobre los que tienen jurisdicción.
Es necesario que los estados regulen los derechos, también los
deberes que permiten los primeros, de forma que tengan influencia
positiva en la vida real de los pueblos. Y ello solo es posible
cuando la persona, en su dimensión somática y espiritual, con
su vertiente social, es el eje del estado y por lo tanto los
principios que lo rigen, sus fundamentos, no están sujetos al
relativismo.
Antonio J. Ferrer. *
"ARBIL,
Anotaciones de Pensamiento y Crítica", es editado por el
Foro Arbil
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