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La ética de la clonación desde una perspectiva personalista.
La intención, los objetivos, las consecuencias y el objeto de la acción moral de la clonacion, ¿Es el embrión persona? Los aspectos éticos de la clonación y su diagnostico de la eticidad
El enjuiciamiento ético de la clonación
exige en primer lugar la comprensión del hecho en sí mismo.
Preguntarse si se respeta a la persona del concebido, del clon, y
si constituye una exigencia ética de la humanidad aquella de
conservar al hombre -al ser humano- tal como la evolución le ha
conducido, si han de respetarse, en suma, su herencia genética y
su modelo de reproducción sexual. También el peligro para la
vida del embrión y el riesgo de estas experiencias de cambios
genéticos deben ser sometidos a un análisis responsable.
Este abordaje revela sin duda un a priori, una convicción de
carácter ético, aquella de que el embrión humano es persona
-personeidad- desde su inicio y que, como tal realidad personal,
exige su convocatoria en la negociación sobre su propia
existencia. Prevalece aquí un interés individual sobre el
interés colectivo en el caso de la clonación.
Desde estos antecedentes es posible una aproximación a la ética
de la clonación nucleando la reflexión alrededor de los tres
pilares clásicos del juicio moral (intención del agente moral,
consecuencias del acto y objeto de la acción moral), de forma
resumida y limitada al espacio sugerido.
La intención
1. Consideremos inicialmente quién o quiénes son o pueden ser
los responsables de la acción de clonar. Desde una perspectiva
personalista, el responsable de la acción de clonar es el
técnico que la consuma, el científico de la reproducción que
diseña, organiza y ejecuta los pasos ineludibles para proveer el
objetivo decidido: una persona concreta como principal
responsable, y sus colaboradores como corresponsables de la
acción moral.
Que los adultos que ceden sus células (la madre el ovocito, el
padre la célula somática) también son responsables de la
acción de clonar es obvio; lo son al identificarse su intención
y su disponibilidad corporal con los objetivos propuestos. Pero,
pese a tan poderosa implicación, ellos no son los ejecutores
directos de la acción clonativa, y, por tanto, el grado de
responsabilidad que les alcanza es menor. El agente principal es
quien manipula con sus manos el genoma celular y su intención es
clara: consiste en lo que hace, se identifica con el sentido del
acto técnico que lleva a cabo. Es su determinación formal: el
clásico finis operantis de la tradición tomista. Esta
determinación en el caso de la clonación es también una
elección entre técnicas, según el objetivo marcado a priori.
Esto es la intención, pero no la materialidad del acto en sí
mismo, sino el proceso formal por el que se elige intencionada y
libremente la técnica de clonación para un objetivo que subyace
siempre debajo. Diferente de la materialidad o realización
técnica en sí misma, que es el objeto material del acto de
clonar (finis operis).
2. Entrando en el análisis específico de la intención -del
finis operantis de la teología clásica- de la elección del
agente moral, como otros la denominan, hay que considerar que esa
intención a que hemos aludido tiene como telón de fondo unos
objetivos en el horizonte inmediato -o a la larga- es decir, unos
objetivos que están presentes en la mente del investigador o del
técnico y que determinan su intención. En el momento actual a
estos objetivos trans-intencionales (que subyacen a la intención
del agente) se les pueden considerar también como
"consecuencias" o como "efectos secundarios",
no necesariamente negativos. Pasemos a concretar ahora algunos de
estos objetivos o consecuencias que, a la luz de nuestros
conocimientos, podrían ser aducidos por el agente para
justificar la clonación.
Objetivos de la clonacion
2.1. El argumento clínico: Combatir la esterilidad. La
clonación debería ser vista como un proceder alternativo a las
técnicas de reproducción asistida. Así piensan algunos. Este
sería el caso de la esterilidad del varón, esposo o no, de la
futura madre. Esta, en vez de ser fecundada con esperma
heterólogo o de ser sometida a FIVET con esperma heterólogo,
podría ser sometida a clonación mediante la transferencia a su
ovocito del material nuclear de una célula somática del padre.
2.2. El argumento eugenésico. Se trata aquí de evitar el riesgo
de una enfermedad hereditaria, contenido en la lotería de la
recombinación sexual. Por ejemplo, evitar enfermedades graves
ligadas al cromosoma X (la hemofilia, el síndrome del cromosoma
X que proporciona subnormalidad a los varones, etc.). La
clonación basada en los argumentos clínico y eugenésico es
denominada por algunos como "clonación reproductiva",
para distinguirla de la "no-reproductiva", limitada a
la fase in vitro.
2.3. El argumento libertario. Se trata aquí de especificaciones
aparentemente más especulativas y fantasiosas -pero no menos
posibles en el tiempo- que pueden o podrían representar, dentro
de unos años, el fundamento último de la intención de alguno
de los agentes responsables.
La elección del sexo. Elegir el sexo del hijo por venir. Aquí
falta el argumento eugenésico y prima el capricho de los padres
por dominar el sexo de su futuro hijo: Quiero una niña, quiero
un niño. Si de una transferencia nuclear se trata, el sexo es el
de la persona que proporciona el núcleo somático: varón si es
varón, hembra si es hembra. Si de una mujer se trata, el
problema aún se complicaría más: teóricamente una mujer
podría concebir artificialmente de otra mujer. Quedaría
abierta, así, la maternidad entre lesbianas.
El argumento de la excelencia. Algunas parejas imaginativas,
aunque no frívolas, podrían argumentar: -y ya que nuestro hijo
no será tuyo (padre canceroso) y yo (la madre) deseo tener un
hijo, elijámoslo entre aquellos con un pedigree de excelencia
(hijo biológico de un famoso admirado, de un fallecido muy
querido, de un sabio, etc.).
La autorréplica: ¿Y por qué yo, lesbiana y en la proximidad de
mi menopausia, no puedo ser madre de una hija que es fruto de mi
ovocito y resultado de la transferencia de mi propio material
nuclear desde una de mis células somáticas? Un argumento
especulativo y fantasioso, pero ¿imposible?...
2.4. Otro conjunto de objetivos se centra en el argumento
científico o profesional, el cual tiene mucha importancia.
Por ejemplo, el argumento de la libertad de investigación. Como
ha destacado Romeo Casabona "la libertad científica tiene
como soporte irrenunciable la libertad de investigación,
concebida como derecho a la creación y a la producción
científicas, con el cual se atiende de forma primaria a los
intereses del investigador, pero también a los colectivos de
promover el progreso científico por los beneficios generales que
pueden proporcionarse a la sociedad".. Este criterio es
interpretado por los partidarios de la libertad absoluta como que
la ciencia o el progreso científico no deben someterse al juicio
ético: la ciencia, según esta errónea perspectiva, se
justifica a sí misma, va más allá de la ética.
Desligo del anterior el argumento económico, que tantas veces
determina a las mentes indecisas. La clonación podría
constituir una fuente de riqueza y atraer a algunos que, sin
participar típicamente del argumento espúreo, sí se ven
movidos por el dinero.
Algunos distinguen entre "clonación reproductiva" y
"no-reproductiva". Subyace en el fondo el interés
genuinamente práctico de que la clonación sea legal, no tanto
de cara a la reproducción, cuanto por interés de disponer de
embriones clónicos que permitan investigar sobre células
totipotentes o sobre individuos idénticos.
Incluyo, por fin, en este apartado, la pretensión cientifista de
la autoréplica, de la obtención de copias embrionales propias y
su ulterior congelación hasta que su aplicación en el agente
enfermo sea necesaria. Aquí el producto de la clonación
-evolucionado hasta la condición de feto- vendría a ser
instrumentado en beneficio de un supuesto agente moral como
reserva de órganos.. Pensemos en la utilización del tejido
cerebral para el Parkinson del propio agente o en la necesidad de
un hígado inmunitariamente homólogo para el tratamiento de un
cirrótico terminal, cuya esposa, en un acto de amor infinito, le
proporciona un feto-hijo-salvador de su padre.
Las consecuencias
Es obvio que las consecuencias o los efectos secundarios u
objetivos que hemos detallado están presentes en la intención,
igual en el médico como en el político, lo que confiere a la
decisión de clonar de una severa responsabilidad. Para hacer
más sistemático este abordaje consideramos aleatoriamente dos
tipos de consecuencias: 1) Consecuen-cias de teórico valor
positivo y 2) Consecuencias de teórico valor negativo.
Consecuencias de valor positivo o "beneficentes":
La teórica resolución clínica de una esterilidad podría
contar con el mayor acuerdo entre los efectos positivos.
Ciertamente, se trataría de un porcentaje exiguo de casos de
esterilidad los que justificarían la elección de la clonación
sobre algún otro modelo de técnica de FIVET.
La teórica resolución de una gestación problemática -del tipo
de la aludida hemofilia o de la evitación de un hijo subnormal
en el caso del "síndrome del cromosoma frágil" - y
otros similares- podría constituir otro efecto de resultados
gratificadores para el matrimonio con fertilidad conflictiva.
La clonación ha promovido a un gran debate intelectual y ético
sobre el embrión y su estatuto ontológico. También sobre el
concepto de persona. Pues bien, este debate puede contribuir
poderosamente a una reflexión ética sobre el principio de la
vida, que hasta este momento no ofrece un acuerdo universal
satisfactorio.
La clonación y sus ulteriores investigaciones podrían abrir
campos de conocimiento de la conducta humana hasta ahora
desconocidos, como el alcance de la libertad humana en relación
a la herencia biológica.
Para algunos la clonación de la excelencia, fundamentada en este
argumento reviste una cierta consistencia ética, pues se
trataría de una reverencia por la grandeza.
Una consecuencia positiva, para algunos, es la posibilidad de
generar órganos, vísceras o tejidos a partir de células
totipotentes desde embriones clonados. Se trataría de una
utilidad terapéutica de gran ambición, a partir de la
denominada "clonación no-reproductiva. El embrión
moriría, pero sus vísceras podrían salvar personas.
Consecuencias negativas o "maleficentes":
Es de prever un alto coste en vidas embrionarias durante muchos
años -décadas- antes de que pueda ser previsto un proceso de
clonación "limpio", que no suponga este daño.
Se ha sugerido que las técnicas de clonación, por razón de la
manipulación genética, podrían provocar un incremento de
anomalías genéticas, de seres hu-manos defectuosos.
La expansión de la clonación podría conducir a riesgos más
universales, que se experimentarían a largo plazo, consecuencia
de la ruptura del fenómeno de la diversidad genética, que se
estima una garantía -asegurada por la evolu-ción-como
salvaguarda de la conservación de las especies vivas.
Hoy, sin duda, los pasos a favor de la legitimación de la
clonación experimentan un amplio rechazo social e institucional.
Que la legalización y ulterior expansión de la clonación, de
una cierta paternidad o maternidad "a la carta", pueda
fomentar, a nivel privado, una mentalidad de consumo a nivel
reproductivo -¡Este lo quiero, aquél no lo quiero! -
desprotegiendo crecientemente al embrión humano de dignidad y de
respeto social.
La restricción a la libertad de investigación a los
científicos de la clonación podría, según algunos, constituir
un peligroso precedente para el mundo de las ciencias de la vida
y del comportamiento humano.
Tras la clonación asoma, hoy desdibujada mañana no sabemos, la
amenaza de la eugenesia.. Porque el argumento de la excelencia
posee su sentido y podría conducir de nuevo a una funesta
mentalidad eugenésica. Primero sería la clonación
reproductiva, después la clonación reparativa, luego la
clonación de la excelencia y finalmente la clonación libre. Y
en la sociedad la legitimación del "niño a la carta".
Tal manipulación de la vida reduciría el "valor" de
la persona y podría minar la firmeza de sus derechos humanos.
El objeto de la acción moral: la clonacion y su significado
El abordaje personalista de la ética asume la importancia de la
intención del agente y de las consecuencias u objetivos
inmediatos o lejanos de la acción juzgada, pero los considera
insuficientes. La bioética personalista entiende que, además de
la intención y las consecuencias, el juicio ético acerca de una
acción concreta -en nuestro caso, la clonación- no puede
prescindir de esta interrogante: la acción que juzgamos ¿afecta
negativamente a la dignidad de la persona? Es decir, ¿agrede en
alguna medida al ser humano, a la persona concreta que es objeto
de la acción clonativa del profesional de la Medicina? En otras
palabras: al actuar sobre un ovocito y manipular su genoma,
trasplantando a su núcleo material nuclear de una célula
somática humana ¿se agrede la dignidad del embrión humano que
emerge de esa acción, que llamamos clonación?
La pregunta incide en el núcleo esencial del dilema. Se trata de
un planteamiento que no hurta el fondo de la cuestión, es decir
la condición estatutaria del embrión-clon, del zigoto-clon.
Este planteamiento es racional y asume una convicción: que si el
embrión humano es persona, exige tratamiento de persona y no
puede ser objeto de "dominio" por parte de ningún otro
hombre, antes bien debe ser respetado. La persona humana y su
dignidad se configuran así como un bien universal e individual
al mismo tiempo, que debe ser respetado siempre. La persona se
constituye en "norma" y determina el carácter
deontológico del modelo.
No es momento aquí de un análisis más extenso de la dignidad
de la persona, a cuyo significado se presta respeto profundo,
pero nos cabe indicar que por "dignidad" entendemos
esencialmente la realidad de la persona y por "persona"
-concepto tan debatido en nuestro tiempo- aceptamos una
perspectiva fenomenológica de la misma, que considere a la
corporeidad como expresión de la persona.
Deliberadamente excluimos del debate la dimensión ontológica y
metafísica del embrión, que incorpora un factor de desacuerdo
en la ética civil, aunque ella es la que realmente fundamenta la
dignidad del embrión a que estamos aludiendo. Por otra parte, la
persona o la dignidad de la persona no prescribe, ciertamente, la
decisión ética libérrima del agente moral, pero la normativiza
en su análisis racional: le especifica el bien, el camino del
bien que libremente debe escoger.
¿Qué es lo que falta por someter a análisis de lo hasta ahora
expuesto, podemos preguntarnos? Falta hablar del objeto de
nuestra manipulación técnica, y ello respondiendo a las
siguientes interrogantes: ¿Qué es realmente lo que hacemos al
incorporar el material genético nuclear de una célula somática
a un ovocito, promoviendo a la existencia a un nuevo ser; o
cuando fragmentamos delicadamente un embrión humano de 2, 3 u 8
células? Es decir, con independencia de la intención del
clínico o del investigador, y de las consecuencias que se
prevean, que algunas pueden ser excelentes, se trata aquí de
entrar en el significado específicamente moral del objeto que se
juzga, de la técnica de la clonación por sí misma, de
desentrañar y juzgar el viejo finis operis de la tradición
clásica. Porque en ocasiones el objeto del acto es una acción
que se lleva a cabo sobre la propia corporeidad del hombre o de
otro hombre, en este caso sobre la dimensión más primaria y
microscópica de la corporeidad humana, sobre un zigoto. Y a este
modelo de objeto acompaña siempre un significado. En el acto de
clonar se trabaja sobre un embrión humano, cuyo significado es
de persona y esto dota a la acción de clonar de una gravedad
especial. Pero para ello deberemos reflexionar antes, aunque muy
brevemente, sobre dos cuestiones: 1) ¿es el embrión persona? y
2) ¿qué cambiaría la clonación en la realidad del embrión
humano clon?
Con esta doble información será posible penetrar, por fin, en
el juicio ético de la clonación.
¿Es el embrión persona?
A nuestro juicio y desde el punto de vista de una filosofía
realista y/o fenomenológica el embrión humano exige trato de
persona. Suscribo la posición de quienes juzgan que los
conceptos de "hombre" y "persona" son
inseparables3 y que el intento de separación responde a una mera
razón estratégica. Es persona todo ser de una especie cuyos
miembros poseen la capacidad de alcanzar la autoconciencia y la
racionalidad. Y esto en cualquiera circunstancia y en cualquier
instante del tramo existencial. Es así que el embrión humano
constituye el primer tramo de la existencia del hombre, que
transcurre sin discontinuidad, luego el embrión participa de la
misma esencia de hombre, no importan las apariencias sensibles,
su tamaño, circunstancia o grado evolutivo. Si existe desde ese
momento un nuevo ser humano, existirá, en consecuencia, desde el
primer instante un sujeto humano, que permanecerá individual y
específicamente inalterado a lo largo de toda su existencia. Y
si existe un nuevo sujeto humano no puede menos que existir una
nueva persona, que, en cuanto tal, exige el reconocimiento y el
respeto de todos los derechos inherentes a su dignidad. Esto para
la Medicina significa que, en cuanto persona, el zigoto debe ser
concebido y tratado como si de cualquier otra persona o paciente
se tratara.
Respecto del comienzo de la vida humana es difícil rebatir la
idea cierta de que la constitución del zigoto marca ese
instante. Con ello queda establecido para ese embrión un
determinado genoma humano. Ningún embriólogo serio podría
dudar de que se trata de un embrión humano. Respecto del
comienzo de la identidad embrional o más específicamente del
ser humano, hay que subrayar de entrada el artificio que ya
presume hacerse esta pregunta respecto del continuum de la
realidad biológica. Ciertamente no hay conocimiento pleno de
cómo tienen lugar, en el plano genético, las transformaciones
del DNA y los mensajes que se transmiten las células en las
primeras segmentaciones; pero esto es algo que posee un valor
relativo, pues el continuum evidencia una unidad dinámica entre
las primeras células totipotentes: dotadas de las órdenes de
confluir en el ordenamiento de su material genético, para dar
lugar a un ser, a una entidad con extrema especificidad genética
respecto del estado adulto. Y esto es lo decisivo.
¿Qué puede cambiar la clonación en la realidad del embrión
humano y en el adulto clonado?
Es muy importante reflexionar ahora sobre la realidad del sujeto
clon. Sobre el marco biológico, la clonación por transferencia
nuclear introduce en la existencia a individuos o personas con
igual identidad genética y mínimas o sutiles diferencias con el
padre biológico. Se rompe así algo que está en la esencia de
la individualidad humana: la identidad genética. La condición
de individuo de la especie humana significa una distinta e
irrepetible identidad genética, que puede distinguirlo
radicalmente del resto de los sujetos vivos de su tiempo. Esta
identidad parece constituir un verdadero derecho natural de las
personas.
La identidad genética se expresa mediante una corporeidad nueva,
distinta de la del resto de los mortales, que contribuirá a
distinguir su identidad social. Corporeidad que incluye un sexo
no elegido y de la que es testigo el sistema policial por medio
de la toma de huellas dactilares. El sujeto clon pierde esa
"corporeidad diferencial"
Sobre el marco vivencial, la clonación situaría en el mundo a
personas que habrían perdido lo que Jonas denomina el derecho a
la ignorancia. Esto es, el derecho a no saberse copia de otro,
especie de derecho de la esfera subjetiva, que permite a los
seres naturales ignorar su devenir corporal y psíquico (las
enfermedades que puede padecer, los rasgos que puede adquirir,
etc.). Esta incertidumbre, como la del común de las personas, es
condición previa de la libertad. Al vivir una vida en una
corporeidad biológica por "primera vez", la
incertidumbre determina un esfuerzo verdaderamente libre de
nuestras acciones. Algo que cambiaría en el sujeto clon. Este
habría de prever sus movimientos, prevenir sus enfermedades,
evitar sus tendencias, etc. a la luz siempre de un precedente. Se
rompería así un cierto derecho del hombre a experimentar la
vida humana como un auto-descubrimiento, "el derecho a
encontrar el propio camino y ser una sorpresa para sí
mismo" (Jonas).
Por otra parte, si la llegada al mundo de un clon tuvo su origen
en el argumento de la excelencia, con independencia de que
heredar la biología no supone heredar la personalidad del ser
que se replica, se trata de saber si tal destino, impuesto por
los padres, constituye un bien o un mal para el clon. Pues esto
podría constituir una carga insoportable, una intolerable
exigencia de emulación para el clon, siempre visto y considerado
en su apariencia externa como un sujeto de circo (-Mira, aquél
es Clinton, un presidente norteamericano de los años 90-). Ser
clon de alguien dotado de excelencia, puede ser también grave
daño para el clon durante toda su vida.
Detengámos ahora, por fín, en otros dos potenciales daños que
pueden acompañar al sujeto clon. En la especulativa situación
de que un clon fuera adelante con los actuales conocimientos, es
impredecible asegurar que una célula reprogramada dará lugar
siempre a un individuo sano. La posibilidad de riesgos graves
inesperados (mayor tasa de anomalías genéticas, de cáncer,
envejecimiento prematuro, etc.) en el producto de la clonación
no es desdeñable. ¿Qué puede se-guir de algo tan artificioso
como una clonación?
Y además, en el nivel actual de nuestros conocimientos, es de
prever una gran pérdida de embriones humanos en el proceso de la
clonación. Si en el caso de la oveja Dolly hicieron falta 277
óvulos para obtener una clonación, no cabe pensar que en el
supuesto de clonar seres humanos este número fuera a ser
inferior.
Los aspectos éticos de la clonación
A la luz de todo lo anterior, una perspectiva personalista de la
clonación debe analizar la intención del agente moral y los
objetivos que la determinan, incorporando -cómo no- las
diferentes alternativas que ofrece hoy la Medicina. Debe analizar
igualmente las consecuencias. De ambas -intención y
consecuencias- debe seleccionar a aquellas que responsablemente
posean una sólida consistencia ética. Pasará seguidamente a
juzgar el objeto en sí mismo -la técnica y su significado- tras
lo cual habría finalizado la instrucción del dilema moral. Es
entonces cuando el agente moral juzga y califica, y libremente
decide la eticidad de la acción o del dilema que ha sometido a
instrucción.
En el caso de la clonación, el análisis de la intención del
agente y de sus objetivos solo haya consistencia ética en los
argumentos clínico y eugenésico, es decir, en la denominada
"clonación reproductiva". El resto de los argumentos
carecen de consistencia ética.
El análisis ético de las consecuencias, fundamento de la
denominada ética de la responsabilidad, lleva a considerar el
conjunto de consecuencias "beneficentes" y a sopesarlas
con las consecuencias negativas o "maleficentes". Para
ello se ha de saber que, desde la perspectiva personalista, es
más consistente éticamente la evitación de un mal a una
persona que la consecución de un bien. Esto permite destacar el
valor ético negativo de una de las consecuencias de la
clonación, la gran pérdida de vidas embrionarias. En suma, la
consecuencia más relevante desde este punto de vista no es,
pues, el rechazo social, sino su alto coste en embriones,
suficiente para proyectar sobre la clonación una calificación
ética muy grave.
Finalmente, el análisis ético personalista se detiene en el
objeto de la acción dilemática y lo analiza a la luz de la
dignidad de la persona. No sólo es bueno aquello que es útil
para la sociedad, es preciso también que el logro científico
sea útil y bueno para el sujeto humano, para el clon producido.
Él es fin en sí mismo y no meramente medio... para la felicidad
de sus padres o el beneficio de la sociedad. Una injusticia
objetiva producida sobre él invalidaría las ventajas que la
clonación proporcionara a la sociedad. Porque el fin no
justifica los medios. Aquí se trata de dirimir si llegar a la
vida como clon representa un bien para el sujeto clon; si el
embrión humano, persona con plenos derechos, es respetado en el
mecanismo de la clonación; si la persona del clon es el fin
último de la operación técnica y si sus intereses prevalecen
sobre los de sus padres o sobre los de la sociedad.
Diagnostico de la eticidad de la clonación
Al introducirnos ya, por fin, en el diagnóstico de la eticidad
de la clonación desde la perspectiva del embrión-clon, pronto
se advierte que su autoconciencia, su racionalidad, su libertad
en fin -que son obviamente potenciales- están en riesgo, en la
medida que está en peligro la plenitud de su corporeidad por
efectos de la manipulación técnica. Desde este punto de vista,
de entre las tres formalidades que determinan la identidad
corporal (vida, integridad y telos), son dos de ellas -la vida y
la integridad- las que más son sometidas a prueba. La vida del
embrión es minusvalorada en las técnicas de manipulación
embrionaria; aparece a la lógica de praxis de nuestro tiempo
como un coste obligado -aunque indeseable- de la eficacia y de
los logros científicos. No parece dudoso afirmar que, hoy por
hoy, el coste en vidas embrionarias que son de prever en la
clonación puede ser altísimo.
Respecto de su integridad, el modelo clonativo penetra a saco en
esta integridad formal del embrión que es constitutiva de su
realidad corporal. La clonación transforma el proyecto natural
de individualidad, modifica el corazón de la identidad
genética. Sin duda que se puede llevar a cabo, como se pudo
bombardear Hiroshima o ejecutar Katyn, que fueron, en ambos
casos, decisiones de eficacia técnica indudable y de las que
otros seres humanos se beneficiaron. El dilema es si alcanza a la
libertad humana el dominio radical sobre otros hombres hasta el
punto de transformar su identidad personal; si al hombre asiste,
en fin, el poder moral de dar legitimidad al nacimiento de un
hombre nuevo, no natural, principio de un programa de hombre
biogenético, que ya no sería el hombre de la evolución.
Este es realmente el núcleo esencial del dilema. Una situación
límite que, como la eutanasia activa, reabre la expectativa de
llevar al hombre al supremo dominio del hombre. Con la eutanasia
activa la libertad humana radicalizada pretende dominar la
muerte, con la clonación pretende dominar la vida. La libertad
se erige en el árbitro de la existencia, que decide, sin norma,
sobre la vida y la muerte. Aquí pues el núcleo de nuestra
elección moral: si el hombre como sujeto puede usar de su
libertad hasta los linderos de lo éticamente permisible, o si, a
la manera sartriana, la persona es mera libertad incondicionada y
consecuentemente en posesión de un radical derecho a su
ejercicio. La tradición cristiana siempre ha rechazado este
último supuesto último.
En suma, el objeto de la clonación, desde el punto de vista del
respeto a la dignidad de la persona, lesiona gravemente en lo
formal la integridad de la persona clon, que deja de ser
homóloga al ente de la evolución. Destruye su identidad
genética y rompe así la identidad personal, de la cual el
carácter de copia en serie, en lo corporal, pasa a ser testigo
ocular. La clonación sitúa al hombre, al clon, en una posición
semejante a la del hombre de la eutanasia activa involuntaria.
Ninguno de los dos puede rebelarse. O, dicho de otro modo, en una
situación de dominio absoluto del hombre por el hombre, que
sitúa al "yo" emergente no en el dueño natural de su
patrimonio genético y de su corporeidad, sino en dueño
obligado, impuesto por el dominio de otro hombre.
En la naturaleza la vida es fruto del amor de la pareja. Es un
"bien" que perfecciona a los padres. Y el
"yo" emergente el resultado del amor que engendra,
aunque tal hijo no se desee. De aquí el derecho psico-social a
nacer en el seno de una familia natural y a tener unos padres
que, además, sean padres biológicos. En la clonación la vida
es una producción técnica. Ello y la desidentificadora
condición de copia, sitúa al sujeto de la técnica en una
apriorística condición ontológica de "minusvalía".
Tal evento éticamente rechazable.
En definitiva, y con independencia de otros abordajes
argumentativos que pudieran hacerse en un marco más metafísico,
el análisis de la eticidad de la clonación, a la luz de sus
consecuencias y del objeto y significado de la acción moral,
hace aflorar barreras insalvables al placet ético. La clonación
prejuzga y constituye una intolerable praxis de dominio y
manipulación de la persona representada por el embrión; pone en
riesgo su vida y va contra sus intereses, y al que concibe más
como un medio que como un fin en sí mismo. Y ello, con
independencia del reconocimiento de su potencial utilidad para
resolver algunas dolorosas cuestiones de la Medicina.
Manuel de Santiago
"ARBIL,
Anotaciones de Pensamiento y Crítica", es editado por el
Foro Arbil
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