|
¿Puede hablarse de límites y derechos del periodista?.
¿Cuáles son los derechos y los límites del periodismo moderno? ¿Qué responsabilidad les compete cuando tergiversan la verdad o divulgan verdades ocultas? ¿Es pecado el "sensacionalismo" periodístico? ¿Cómo deben reparar el mal realizado?
La misión informativa, para poder
cumplir su importante tarea, debe responder a las exigencias
propias de su naturaleza. Se trata de exigencias de veracidad,
prudencia y caridad. Cuando falta el respeto a alguna de éstas
virtudes el periodismo atenta contra el bien común, además de
lesionar el bien privado de aquellos directamente damnificados.
La veracidad ante todo, puesto que se trata de un servicio a la
verdad. El periodismo peca contra la veracidad cuando presenta
noticias falsas, cuando exagera la magnitud de los hechos o
cuando, por el contrario, los presenta parcializados, recortados
(manifestándolos, pues, sin rigor de verdad). Cuando la
información contiene datos falsos o inducen a error sobre la
fama u honestidad de alguna persona, se torna calumniosa, y es un
pecado gravísimo por la magnitud y extensión que alcanza la
información en nuestros días. Pecan contra el octavo
mandamiento que dice: "no levantarás falso testimonio
contra tu prójimo" (Ex 20,16). El libro de los Proverbios
menciona entre "las seis cosas que odia Yavé":
"...la lengua mentirosa,... el testigo falso que profiere
mentira,... y quien siembra discordias entre hermanos" (Prov
6,16). Y el Eclesiástico afirma: "maldito el charlatán y
de doble lengua, pues ha perdido a muchos que vivían en paz...
Muchos han caído a filo de espada, mas no tantos como cayeron
por la lengua" (Eclo 28,13.18). Jesucristo afirmó que la
mentira es una obra diabólica: "Vuestro padre es el
diablo... porque no hay verdad en él; cuando dice mentira, dice
lo que le sale de dentro, porque es mentiroso y padre de la
mentira" (Jn 8,44).
Se torna, así, en un poder destructivo, sembrador de discordias,
un poder que socava la confianza entre los hombres y rompe el
tejido de las relaciones sociales y es, muchas veces, causa de
desesperación por parte de los inocentes que no pueden
defenderse con la misma eficacia con que son atacados. El
periodista es responsable de sus actos tanto si divulga falsa
información conociendo su falsedad, cuanto si divulga
información injuriosa sin la certeza de su veracidad. No puede,
para ello, justificarse diciendo que simplemente "recoge el
testimonio de fuentes autorizadas (?)", o "se hace eco
de opiniones difundidas", o remitiendo la responsabilidad
"al autor de las declaraciones".
La divulgación (es decir, el hecho de que tal noticia se
divulgue) es obra y responsabilidad del que la transmite; un
viejo dicho dice: "es ladrón no sólo el que roba sino
también el que le tiene la bolsa para que eche en ella las cosas
robadas". Las obligaciones que recaen sobre quien obra de
dicho modo son las propias de toda reparación en justicia, y tal
reparación no se limita a la difusión de la verdad contraria a
la calumnia sino a la reparación de los daños causados por ella
aunque sólo hayan sido previstos (no intentados directamente) o
previsibles (no previstos de hecho pero de tal naturaleza que
toda persona del oficio debería haberlos previsto); y estos,
generalmente, no se limitan a la pérdida de la fama, sino que
pueden ir más lejos afectando a una persona en sus relaciones
laborales, en su posición económica, etc.
A veces, la responsabilidad pueden alcanzar dimensiones
terribles; baste recordar el clamoroso caso del ministro de
trabajo del Gobierno francés, Robert Boulin, quien se quitó la
vida el 29 de noviembre de 1979, al no poder soportar las
difamaciones sobre su persona divulgadas despiadadamente por la
prensa francesa.
¿Qué decir cuando la noticia divulgada es verdadera pero
perjudicial para la reputación de alguna persona?
Es cierto que no se trata de una calumnia. De todos modos, se han
de distinguir dos casos diversos:
a) Cuando la persona es pública (político, ecónomo, profesor,
artista, etc.) y las faltas en cuestión pueden tener incidencia
en su función pública, puede ser lícito el descubrimiento de
las mismas, si se trata de evitar a otros un daño relativamente
importante. Es condición necesaria para esto que falte el animus
damnificandi, es decir, que no se haga con intención de
perjudicar a la persona comprometida por la información sino
que, por el contrario, la intención se ordene a procurar el bien
común, y la pérdida de la falsa fama sea tan sólo tolerada.
Tal es el caso de la divulgación de faltas públicas o que
afecten al orden público en aquellos personajes que pondrían en
peligro el bien común (un profesor que profesase ideas
corruptoras, un político con una vida escandalosa o con
intenciones que afecten a los intereses de la patria, etc.). El
hombre público (quien elige libremente tal función con las
responsabilidades anejas) no se pertenece tan sólo a sí mismo,
sino a la comunidad ante la cual decide asumir responsabilidades
y, muchas veces, sobre la cual refulge como modelo. Es esta
actuación, libremente asumida o aceptada, la que impone sobre
él graves deberes que no puede eludir. En cambio, cuando se
trata simplemente de poner en relieve la vida escandalosa de
personajes famosos sin ningún juicio crítico o, peor aún,
presentándolos paradigmáticamente (como se suele hacer con
actores y actrices, cuando se muestra con bombos y platillos sus
vidas y costumbres licenciosas), el daño causado a la sociedad
es gravísimo: es ocasión de escándalo (es decir, de que muchos
se aparten del buen obrar para seguir el ejemplo de los
"arquetipos" fabricados por este tipo de prensa).
b) Cuando la persona es privada o se trata de faltas privadas de
una persona pública (que, por tanto, no afectan ni podrían
afectar al bien común), si bien no se trataría de una calumnia,
sería una detracción, difamación o maledicencia, y atentaría,
de todos modos, contra la justicia porque sigue en pie aquello de
que el derecho al buen nombre no se elimina aunque esté fundado
sobre una falsa fama, por lo menos mientras esto no redunde en
perjuicio para otros. Por tanto, como ya hemos dicho, cuando la
fama de la que goza alguien no es verdadera, sólo puede ser
quitada por una causa importante, justa y proporcionada. Otra
razón se deriva del hecho que la información es, teóricamente,
un servicio público y por tanto sólo debe afectar a cuestiones
públicas. Cuando se ha privado a una persona de su buena fama
sin que se den tales condiciones, sólo cabe reparar los daños
causados.
Hasta aquí hemos hablado del respeto por la veracidad. Deben
tenerse en cuenta también las razones de prudencia y caridad que
deben guiar la divulgación de las noticias verdaderas. Lo
cortés no quita lo valiente. Aun poniendo de manifiesto verdades
dolorosas y necesarias deben guardarse las normas de caridad que
demuestren que divulgando faltas ajenas no se ataca las personas
sino el daño que ellas pueden ocasionar al bien común por la
función que ocupan en la sociedad; y asimismo, los dictámenes
de la prudencia a quien toca prever el momento y el modo adecuado
para que el "remedio no sea peor que la enfermedad".
Sería bueno recordar a todos los periodistas aquellas palabras
de Juan XXIII: "Trabajando por la verdad, trabajaréis
también por la fraternidad humana. Porque el error y la mentira
es lo que divide a los hombres; la verdad los aproxima. Así,
pues, escogiendo prudentemente y presentando objetivamente las
noticias, cuidando de evitar lo más posible todo lo que alimenta
las pasiones o la polémica agria y malévola, exaltando con
preferencia los valores positivos, lo que es vida, generoso
esfuerzo, deseo de perfeccionamiento, convergencias de esfuerzos
hacia el bien común, es como se favorece la unión, la
concordia, la verdadera paz"(1).
R.P. Dr. MIGUEL ÁNGEL FUENTES (IVE)
(1) Juan XXIII, Discurso a la asociación de la Prensa extranjera
en Italia, 24 de octubre de 1961. En "Colección de
Encíclicas y Documentos Pontificios", Publicaciones de la
Junta Nacional, Madrid 1967, Tomo II, p. 2335..
"ARBIL,
Anotaciones de Pensamiento y Crítica", es editado por el
Foro Arbil
La reproducción total o parcial de estos documentos esta a
disposición de la gente siempre bajo los criterios de buena fe y
citando su origen.