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Ni Islam ni Nuevo Orden Mundial .
En el sistema relativista puedes pensar como quieras, siempre que pienses en relativismo, si no el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sic) da el visto bueno a los "golpistas", "dictadores", o cualquier otro tipo de tiranos.
En 1990, el Frente Islámico de
Salvación (FIS) gana las elecciones municipales, y unos
meses después las presidenciales de Argelia.
El gobierno argelino, lejos de ceder el poder al partido
democráticamente triunfante, organiza un golpe de Estado,
declara la ley marcial e ilegaliza el FIS, todo ello con
la tácita complacencia de los países occidentales
democráticos.
En enero de 1998, el Tribunal Constitucional de Turquía,
acusándolo de realizar actividades contra la República laica,
ilegaliza el Partido del Bienestar, un partido que
contaba con más de 4,2 millones de militantes; que había
logrado en las municipales de 1994 las alcaldías de más de 25
ciudades, entre ellas Estambul, la primera ciudad de Turquía, y
Ankara, la capital; que tenía el poder en unas 400
municipalidades de país; que había obtenido cerca de seis
millones de votos en las legislativas de 1995, el 21,38% de los
sufragios, lo que le convirtió en el primer partido del país;
que era el principal partido en el Parlamento turco, con 158 de
los 550 escaños de la Cámara; y cuyo dirigente, Necmetin
Erbakan había sido primer ministro de Turquía en 1996.
Erbakan recurrió tal decisión ante la Comisión de Derechos
Humanos del Consejo de Europa, pero el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos dio la razón, en julio de 2001, al Gobierno de
Ankara, considerando válida su decisión de prohibir el Partido
del Bienestar en nombre de la laicidad del Estado turco.
Según el Tribunal Europeo, la disolución del islámico Partido
del Bienestar (PB), y las sanciones contra sus dirigentes
decretadas por la Corte Constitucional turca en enero de 1998, no
violaron el artículo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
sobre la libertad de pensamiento, expresión y asociación,
elecciones libres, derecho de propiedad, y prohibición de la
discriminación y el abuso de la ley, porque "bajo el
pretexto de que daban un contenido diferente al principio de
laicismo", los líderes del PB habían
declarado su intención de crear un sistema multi-jurídico
basado en la discriminación según las creencias religiosas y de
instaurar la ley islámica (Sharia), que "se desmarca
claramente de los valores" del Convenio Europeo de
Derechos Humanos. El Tribunal Europeo considera que un partido
político puede abogar por un cambio en la legislación o en las
estructuras legales o constitucionales de un Estado siempre y
cuando el cambio propuesto sea "compatible con los
principios democráticos fundamentales", pero si un
partido propone "un proyecto político que no respeta
las reglas de la democracia o que buscan la destrucción de
ésta" no puede pedir la protección del Convenio
Europeo de Derechos Humanos contra las sanciones infligidas por
esos motivos, y, por tanto, el Estado puede "razonablemente"
impedir la realización de tal proyecto político antes de que se
lleve a cabo con actos concretos que conllevan el riesgo de
comprometer "el régimen democrático en el país".
Una lectura superficial de estos hechos puede inducir a los
católicos a alegrarnos de que movimientos políticos islámicos
fundamentalistas vean vetada la posibilidad de acceder al poder e
implantar un modelo de sociedad que, de seguro, sería
perjudicial para los cristianos en particular, para todos los no
musulmanes, en general, y tal vez también para algunos
musulmanes "modernistas".
Pero si nos paramos a analizar en profundidad las razones por las
cuales los países democráticos han tolerado o apoyado la
ilegalización de partidos como el FIS o el PB,
no es necesario ser muy inteligentes para caer en la cuenta de
que esos mismos argumentos pueden ser empleados contra cualquier
partido o movimiento político que aspire a la instauración y
restauración cristiana del orden social, que de ningún modo es
compatible con los principios "democráticos"
(relativistas) fundamentales tal como los entienden la Unión
Europea o cualquiera de las instituciones supranacionales al
servicio del Nuevo Orden Mundial.
Es decir, sin perder de vista el peligro que supone la
islamización de occidente, con el riesgo de persecución
religiosa contra los no seguidores del Corán que ello conlleva,
tampoco debemos ignorar esa otra forma de persecución religiosa
propiciada por el Sistema vigente en occidente, que consiste en
relegar la religión (sobre todo la verdadera, la católica) al
ámbito de lo privado, impidiendo toda pretensión de fundamentar
el orden político y social en la cosmovisión católica.
Tal vez en estos momentos nos resulta más evidente el peligro
musulmán, porque debido a la desorientación de los católicos,
nuestra presencia política en la sociedad es nula o irrisoria,
y, por tanto, no tiene el Sistema necesidad de coaccionarnos
violentamente. Pero ¿qué pasaría si, a semejanza de lo
ocurrido en Argelia o Turquía, un movimiento político católico
partidario de sustituir el régimen democrático relativista
liberal por otro basado en la Doctrina Social de la Iglesia
llegase a tener la posibilidad de obtener el poder en alguna
nación?
José María Permuy Rey.
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