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"There is no salvation outside the Church". Indice de Revistas Génesis de la independencia hispanoamericana

ARBIL, anotaciones de pensamiento y critica

El hecho religioso en la escuela: fundamentos teóricos y algunas propuestas prácticas.

La presencia del hecho religioso en la escuela es una exigencia para una educación completa de la persona. Las ciencias sociales, sus principales autores, lo ponen de manifiesto. El Estado, para cumplir su propia legislación debe desarrollar la enseñanza religiosa

Uno de los hechos humanos, sociales y culturales más obviados por la actual escuela y por la práctica educativa, que no por la teoría, es el hecho religioso, una realidad que impregna al ser humano desde que es tal, y por ser tal, y en todas sus dimensiones, desde la personal a la social, desde la cognitiva a la afectiva.

Efectivamente, tanto la Psicología como la Sociología, en general, así como las ramas que se ocupan específicamente de la educación, formación y desarrollo del ser humano, han puesto de relieve, no sólo la importancia de la religión para que dicho desarrollo sea más pleno, sino el carácter consustancial de la misma respecto al ser humano, de manera que, prescindiendo de ella, no sólo nuestra formación como seres humanos es menos completa, sino que es nuestra misma humanidad la que se resiente: sin la religión somos, pues, menos "plenamente" humanos.

Para los más escépticos, se podría decir que, por tanto, una de las causas de esta presencia de la religión en el ser humano se explica en base a la Psicología humana misma, entendida ésta como el conjunto de caracteres propios del ser humano -, es decir, que negando la presencia de la religión en el ser humano, negamos al ser humano mismo. Pero, ¿será esta la causa, o más bien, como señalara Zubiri, la irresistible tendencia a ligarse ontológicamente a Dios, religarse a Él ? - no en vano, religión viene del latín religare, religar -. Desde la Sociología y la Antropología también se ha indicado esta importante presencia de la religión en los individuos y los grupos humanos, destacando la evidente, necesaria y positiva relación entre religión e individuo y entre hecho religioso, e institución religiosa, y colectividad social humana, como, por ejemplo, han señalado Hunter y Hunt en su Sociología, obra utilizada como manual universitario en Sociología de la educación.

En definitiva, las Ciencias Humanas como la Antropología, la Sociología o la Psicología coinciden en indicar la existencia de un hecho natural humano: el hecho religioso.

Por su parte, la Pedagogía moderna ha señalado como fuentes de investigación y desarrollo de la disciplina, entre otras, las ciencias antes mencionadas, especialmente la Psicología y la Sociología, por lo que, atendiéndolas, no ha podido ignorar el hecho religioso como factor fundamental para la formación del ser humano. De este modo, los expertos han llegado a conclusiones como que:

"Los símbolos religiosos actúan en el psiquismo humano conduciendo al hombre al descubrimiento y aceptación de sí mismo, de su propia individualidad como persona". (C. G. Jung)

Por su parte, el eminente psicólogo Víctor Frankl a la pregunta ¿Cuáles son los valores que se tienen que rescatar en el mundo para curar a esta sociedad y a cada individuo?, responde rotundamente: "Los Diez Mandamientos. Los desastres que estamos sufriendo son consecuencia de haber rechazado la Ley de Dios para el hombre". Para el psicólogo austriaco, una de las causas fundamentales que explican las neurosis y patologías de la mente en la actualidad, es la falta de la educación de la conciencia moral.

Asímismo, los psicólogos K. S. Berger y R.A. Thompson recogen en su Psicología del desarrollo las afirmaciones de los también psicólogos Werner y Smith, respecto a la importancia de la religión como factor de estabilización y normalización del individuo, que contribuye a la mejora de la salud mental, sirve de estímulo para la autoestima, ayuda a evitar la autodestrucción y aún sirve como medicina eficaz para aquellos que han sufrido, por ejemplo, una infancia dramática: "... estos paragolpes, - entre los que se encuentra la religión (N. de A.) -, tienen un efecto protector más profundo en el curso de la vida de los niños que crecen en condiciones adversas que el impacto que tienen factores de riesgo concretos o acontecimientos de la vida que provocan estrés".

En definitiva, son éstas simples pinceladas que muestran, de forma contundente y categórica, que la religión sirve para desarrollar la personalidad y la autoestima, elementos señalados por la educación actual como básicos para la formación de un ser pleno y sano, y para formar integralmente al individuo, es decir, no sólo en su dimensión cognitivo-intelectual o física, sino también en su dimensión afectiva, de inserción social, de actitudes y hábitos, etc., tal y como busca la LOGSE y el currículo de primaria.

Por otro lado, y en el caso del Sistema Educativo español, sabemos que el currículo se nutre de diversas fuentes como son, la socio-antropológica, psicológica, pedagógica y epistemológica.

Ya hemos visto que las tres primeras fuentes, socio-antropológica, psicológica y pedagógica no pueden prescindir del hecho religioso, como tampoco la última, la epistemológica, puede hacerlo: ¿cómo sino puede el niño entender e integrarse en el entorno socio-cultural que le rodea si los contenidos ignoran el contexto socio-cultural e histórico que define dicho entorno? ; ¿podría entender el significado pleno de, por ejemplo, la mayoría de las obras artísticas desde la Prehistoria hasta nuestros días, y desde los edificios arquitectónicos hasta las obras pictóricas, sin hacer referencia a las religiones que explican los símbolos y las motivaciones que llevaron a realizarlas?. Múltiples fenómenos, acontecimientos o realidades no pueden explicarse si no hacemos referencia a la religión, en el caso de Europa, si no se hace referencia a la religión cristiana, y en España a la católica.

En definitiva, para los expertos, la religión es algo propio del ser humano, no sólo una necesidad, sino algo connatural que le hace mas integral y plenamente humano (no es quizás tanto una búsqueda que el hombre inicia como la respuesta a una llamada). Por eso, y puesto que el fin último de la educación es precisamente el desarrollo pleno e integral de la personalidad, humana, del niño, la religión se revela como algo fundamental para el mismo, así como elemento educativo de primer orden.

Ahora bien, dichas conclusiones no se quedan en el mero ámbito especulativo, en ese olvidado baúl donde guardamos la teoría: también la legislación impele a los educadores a tener en cuenta el hecho religioso en su actividad docente. Así, el Real Decreto 1344/1991 de 6 de septiembre (BOE, nº 220 de 13 - IX-1991), por el que se establece el currículo de Educación Primaria, afirma que el proyecto educativo debe garantizar el desarrollo integral de los alumnos, para lo cual, es imprescindible atender especialmente a la educación social y moral ("elemento fundamental del proceso educativo"); por otro lado, este desarrollo se verá favorecido si se atiende al contexto cultural en el que se encuentre el niño por lo que, teniendo en cuenta que el contexto cultural en el que el niño español, y buena parte de los europeos, se encuentra está profundamente definido por la cultura católica, la educación social y moral del mismo no puede dejar de hacer referencia a la moral y cultura católicas.

Y es que, tal y como dice la Orden Ministerial del día 20 de febrero de 1992, que desarrolla el Real Decreto del 14 de junio de 1991, núm. 1006/1991, y que establece el currículo de la enseñanza de la Religión Católica, "La Religión es, efectivamente, una disciplina escolar específica, equiparable al resto de las áreas en el rigor científico y en el planteamiento de objetivos y contenidos, con una importante significación educativa en el currículo escolar por su contribución integral de la persona."

"La Religión ha sido, a lo largo de la historia, como lo es en el momento actual, un elemento integrante del entramado colectivo humano y un ineludible hecho cultural. El patrimonio cultural de los pueblos está vertebrado por las cosmovisiones religiosas, que se manifiestan en los sistemas de valores, en la creación artística, en las formas de organización social, en las manifestaciones y tradiciones populares, en las fiestas y calendario. Por ello, los contenidos fundamentales de la Religión dan claves de interpretación de las civilizaciones."

"La formación religiosa y moral, integrada en el currículo escolar, colabora a la finalidad educativa de formar personas responsables, conscientes, críticas y libres; aporta a los alumnos elementos para fundamentar su propia cosmovisión y sistema de creencias y valores, dentro del respeto a su libertad y autonomía personal; les capacita para el respeto y diálogo con otros sistemas de creencias, presentes en nuestra sociedad pluralista; posibilita un equilibrio entre el desarrollo espiritual, psicológico y cultural del alumno, en su propio contexto histórico y ambiental; ayuda a comprender el patrimonio cultural y artístico español."

"No hay que olvidar, además, que una gran parte de alumnos que asisten a las aulas pertenecen a la comunidad católica y que la enseñanza religiosa escolar constituye un factor importante de identidad personal."

No olvidemos que "el niño en esta etapa (primaria) va consiguiendo una elemental autonomía de acción en su medio, inicia el desarrollo de un pensamiento reflexivo y crítico, fomenta su creatividad y autonomía de juicio y se forja una imagen de sí mismo y un equilibrio afectivo-social adecuados", por lo que, y teniendo en cuenta que "la enseñanza de la Religión desde su identidad y finalidades contribuye al desarrollo de las capacidades del alumno de Educación Primaria", "contribuye al desarrollo de la identificación de los alumnos con los grupos sociales de pertenencia y de referencia, entre los que se encuentran los de carácter religioso", "facilita el análisis de las características socioculturales de la comunidad en la que vive el alumno. El conocimiento de los contenidos propios del mensaje cristiano y de su concreción a lo largo de la historia hace posible la comprensión de muchos procesos históricos y manifestaciones culturales", además de que "ayuda a la creación de relaciones interpersonales y a la inserción social, dada la dimensión ético-relacional del cristianismo, y su compromiso por mejorar la realidad y la convivencia que constituye una constante a lo largo de la historia", no podemos dejar de considerar la inclusión del concepto y hecho religioso en todas y cada una de las áreas de conocimiento escolar, dados los beneficios y aportaciones que ésta hace a la formación y desarrollo de los alumnos, a todos los niveles.

Dicha inclusión, no puede considerarse como una simple conveniencia, sino como un derecho y un deber amparado por la ley, por nada menos que la Ley Orgánica que organiza y orienta al Sistema Educativo español: la Ley Orgánica 1/1990 de Ordenación General del Sistema Educativo, la LOGSE, en la que se manifiesta que "el objetivo primero y fundamental de la educación es el de proporcionar a los niños y a las niñas, a los jóvenes de uno y otro sexo, una formación plena que les permita conformar su propia y esencial identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre a la vez conocimiento y la valoración ética y moral de la misma", y ya hemos visto como este objetivo se alcanza precisamente de forma mas plena y eficaz mediante la inclusión explícita del hecho religioso en la formación del niño. Por eso, todos los docentes, para cumplir eficazmente con dichas disposiciones legales y con sus obligaciones profesionales, debería tener en cuenta dicho hecho religioso a la hora de desarrollar su actividad formativa y educadora.

La Ley también insiste en el hecho de que la educación ha de proporcionar a los alumnos el conocimiento de las creencias, actitudes y valores básicos de nuestra tradición y patrimonio cultural que, como indicamos mas arriba, no puede entenderse sin una adecuada referencia al hecho religioso católico, al menos en el contexto cultural español.

Debemos tener en cuenta, además, que el sistema educativo que orienta y organiza esta Ley Orgánica está "configurado con los principios y valores de la Constitución, y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella", y puesto que "la Constitución ha atribuido a todos los españoles [...] el derecho a recibir formación religiosa y moral de acuerdo con las propias convicciones", es derecho de los padres exigir respeto de dichas libertades y obligación de los docentes respetar de hecho las mismas.

Efectivamente, la Constitución en su artículo 27.3 recoge que "los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", por lo que los profesores, aún no siendo de religión, deben respetar al máximo este derecho, es decir, estas convicciones religiosas y morales si no quieren vulnerar un derecho constitucional; por otro lado, los padres tienen derecho, sobre en base del punto siete, a intervenir en el control y gestión de los centros educativos, y por tanto de hacer valer sus derechos en cuanto a la formación de sus hijos se refiere.

Por último, son los propios poderes públicos los que, atendiendo al punto ocho del mencionado artículo 27, deben garantizar el cumplimiento de las leyes. Por otro lado, dichos poderes públicos no deben pasar por alto el que las Leyes Orgánicas, como la de Ordenamiento del Sistema Educativo, terminen con la voluntad de las altas instancias del Estado, el Presidente de Gobierno y el Rey, de que "todos los españoles, particulares y autoridades guarden y hagan guardar esta Ley Orgánica": con mayor motivo deben, pues, los poderes públicos, ser celosos garantes de las leyes que amparan nuestros derechos.

En cuanto a los organismos internacionales se refiere, no sólo ponen de relieve la "noble tarea de la educación" por cuanto suscita en cada persona "elevación del pensamiento y el espíritu ", valor este de la transcendencia propio de las religiones (Informe Delors de la UNESCO de 1996, La educación en el Siglo XXI), sino que, reconociendo "las valiosas aportaciones de la religión a la cultura europea", urgen a que "los cursos escolares y universitarios sean revisados para un mejor conocimiento de las diferentes religiones" (Recomendación 1396 del Consejo de Europa del 27 de enero de 1999).

La misma Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en su artículo 26, afirma que "la educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana" y que "los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos".

Por otro lado, los docentes no pueden ignorar el sentimiento mayoritario de la sociedad española respecto a la religión, en especial respecto a la religión católica; y, al menos los docentes católicos, deberían tener muy presente, más presente que ninguna otra cosa, lo que la Iglesia manifiesta y afirma sobre la educación y que, entre otras, recoge la Declaración "Gravissimum educationis" del Concilio Vaticano II:

"La verdadera educación intenta la formación de la persona humana en el orden a su último fin y al bien de las sociedades".

"Igualmente, el Santo Concilio declara que los niños y jóvenes tienen derecho, - sagrado derecho -, a que se les estimule a apreciar con recta conciencia los valores morales [...], así como a conocer y amar más perfectamente a Dios".

"Por fin, y por un motivo singular, el deber de la educación corresponde a la Iglesia, no sólo porque debe ser reconocida como sociedad humana, capaz de educar, sino, sobre todo, porque tiene el deber de anunciar a todos los hombres el camino de la Salvación [...]."

Por eso, dado que la mayoría de los ciudadanos españoles se declaran católicos, y éstos entienden, con su Iglesia, que niños y jóvenes tienen el derecho a conocer a Dios, entiendo que la autoridad civil debe, no sólo respetar pasivamente la conciencia y las creencias de los ciudadanos, sino velar activamente por sus derechos, como es el de "conocer a Dios", conforme al contexto cultural español, así como los educadores católicos, que al fin al cabo también son Iglesia, tienen el deber de "anunciar a todos los hombres el camino de la Salvación".

En resumen, los expertos, - psicólogos, sociólogos, pedagogos, etc. -, la legislación vigente referente a la educación, - desde los currículos escolares hasta las normativas internaciones -, y los pastores de la Iglesia Católica, a la que la mayoría de los ciudadanos se declara pertenecer, ponen de relieve el derecho y la necesidad irrenunciable de la inclusión de la religión en la educación si queremos hacer de ésta, de la educación, una eficaz herramienta para el verdadero desarrollo del ser humano, una verdadera escuela de Humanidad.

Ahora bien, cuando digo inclusión de la religión en la escuela, no sólo me refiero a la clase de Religión, la cual tiene su especial derecho y dignidad entre las demás asignaturas escolares, sino al concepto mismo de religión dentro de los conceptos clave de la educación.

Propuestas prácticas

El hecho religioso católico, en España, podría ser pues, un contenido transversal como lo es hoy la Educación para la Paz, (al igual que la educación para la Familia podría serlo como lo es hoy la Coeducación, o Educación por la Vida, como lo es la Educación Sexual), sin menoscabo de la clase de Religión, que como ya dijimos, "es una disciplina escolar específica, equiparable al resto de las áreas en el rigor científico y en el planteamiento de objetivos y contenidos [...]", que además tiene su régimen jurídico particular.

Por eso, ningún educador católico, debe tener reparo alguno a incluir en sus programaciones cuestiones relacionadas con el hecho religioso católico, ya que tiene todo el derecho, y no tiene por qué chocar con los Proyectos Educativos de Centro o los Proyectos Curriculares de los colegios públicos que, por otro lado, deberían asumir como deber el atender adecuadamente a este hecho. Con más razón, podría desarrollarlo en los centros con un ideario católico.

Así pues, y dado que el Desarrollo Curricular Base, o currículo de Educación Primaria, establecido por el Ministerio y contemplado en el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre (B.O.E. nº 220, de 13-IX-1991), ofrece un amplio y flexible marco de actuación a los maestros a la hora de programar y elaborar Unidades Didácticas, éstos pueden incluir en sus programaciones anuales diversas Unidades Didácticas que atiendan al hecho religioso, que en el caso de España, no puede ser otro que el cristiano y católico, aunque dicha inclusión fuera puramente transversal más que de contenidos.

Así, algunas posibles Unidades Didácticas que los maestros podrían realizar en el aula o fuera de ella podrían ser:

- El arte de nuestro barrio, con lo que deberíamos hacer referencias irrenunciables a la arquitectura, escultura y pintura religiosa existente, sobre todo, en la/s parroquia/s del mismo.

- Manifestaciones culturales y populares de nuestro barrio: arte, fiestas, tradiciones, canciones, etc. religiosas. Unidad especialmente interesante y rica.

- Paseo por el Madrid de los Austrias (o el barrio Gótico de Barcelona, o el casco viejo de Vitoria, etc.), en los que, de nuevo, debemos hacer referencia a los varios edificios históricos religiosos existentes (iglesias, hospicios, etc.) o lugares ligados a la Historia del Catolicismo, por ser importantes para la Historia del barrio, de la ciudad, etc., y que podrían tratarse como simples notas curiosas, pero con las que hacer reflexionar...

- Los distintos ámbitos de nuestro barrio o ciudad: el Hospital, el Ayuntamiento, la parroquia, los parques...

- etc.

Estas y otras U.D., son propias de Conocimiento del Medio natural, social y cultural, aunque también se podrían globalizar, (no la globalización del FMI, por supuesto), con el área de Educación Artística o educación Musical, por ejemplo.

En cuanto a la primera área de conocimiento o asignatura, con dichas unidades se puede dar respuesta a los Objetivos 3 ( Reconocer y apreciar su pertenencia a unos grupos sociales con características y rasgos propios [...]), y 4 (Analizar algunas manifestaciones de la intervención humana en el medio, valorar críticamente la necesidad y el alcance de las mismas y adoptar un comportamiento en la vida cotidiana acorde con la postura de defensa y recuperación del equilibrio ecológico y de conservación del patrimonio cultural), principalmente, del Desarrollo Curricular Base, por lo que nadie podría impedir tal propuesta ni la realización efectiva de dichas Unidades Didácticas.

Respecto a la Educación Artística y musical, se pueden plantear diversas actividades como la de que los niños representen pictóricamente, con plastilina o con cualquier otro material o técnica, imágenes, edificios, etc., o interpretar, no sólo villancicos, sino cantos y romances populares-religiosos... Las posibilidades son extraordinarias.

¿Por qué plantear éstas Unidades Didácticas?

Aparte de lo expuesto anteriormente, uno de los objetivos fundamentales a la hora de llevar a cabo éstas U.D. es el de poner en contacto al niño con la cultura y la cosmovisión religiosas, con la concepción religiosa de la existencia y con conceptos como transcendencia, Dios, religiosidad... ignorados por la escuela materialista y progresista hoy imperante. Por supuesto, los docentes no deben olvidar que su asignatura no es religión, a fin de no caer en los excesos y aberraciones de los llamados docentes comprometidos, agentes activos de cambio, de cuño progresista tan parecidos a sus primos hermanos, los reeducadores de los campos para prisioneros políticos de un país comunista.

Es, como decía el poeta Aquilino Duque, la diferencia entre aquel que transmite valores y el "intelectual engagé", comprometido: el primero, podemos decir, irradia esos valores de forma natural, frente al segundo al que, con el afán de "transformar" o de-construir ciertos valores, no le importa manipular, simplificar, caricaturizar y tergiversar, hacer de la clase un simple mitin o panfleto. Quizás, nunca los maestros podamos ser totalmente objetivos; siempre dejaremos deslizar algún juicio tendencioso o parcial, pero la honradez moral y la ética profesional debería llevarnos a ser lo más objetivos posible, sin que por ello tengamos que renunciar a nuestros valores. Sin embargo, esa escuela progresista afirma sin empacho que en absoluto debemos ser objetivos: lo único objetivo que para ellos existe es el conflicto y ganarlo, sea como sea, es lo único realmente moral.

En fin, para un educador católico, sólo Cristo es la Verdad, una Verdad que define, configura, orienta la realidad... Para el educador que no lo sea, la Religión es un hecho, un fenómeno inherente al ser humano, una realidad cultural y social innegable, un valor a ser respetado y cuidado.

No quisiera terminar sin apuntar una serie de cuestiones:

En primer lugar, la cuestión del hecho religioso católico en relación a la presencia de niños extranjeros, en ocasiones de otras confesiones religiosas; pues bien, es éste, el de la interculturalidad y la multiculturalidad, un tema que bien merece otro artículo, pero del que me limitaré a decir que, por un lado, dicha presencia, puede incluso contribuir a demostrar a alumnos, padres y docentes que el hecho religioso es un fenómeno universal del que no podemos prescindir, dado que en todos los lugares el hombre se siente llamado a la transcendencia. Por otro lado, y para resolver de alguna manera el dilema que algunos puntillosos se plantean, decir que la LOGSE promueve el conocimiento y conservación del patrimonio cultural del contexto en el que vive el niño, y puesto que el contexto no es el musulmán ni el budista, sino el católico, ese es el que debemos dar a conocer y proteger. La presencia de niños extranjeros, no puede llevarnos a ocultar nuestra propia cultura, historia y valores, sólo porque ellos o sus padres se pueden molestar o no se identifiquen con ellos. Si respetamos su conciencia, con más razón debemos respetar y proteger la de los alumnos católicos.

En segundo lugar, me adhiero a los excelentes análisis críticos que sobre la educación actual y la LOGSE se publican en ARBIL. Todavía queda por escribir mucho y plantear una alternativa seria y posible a los actuales paradigmas o corrientes imperantes, - positiva (liberal-capitalista), crítica (progresista-marxista) y deliberativo-interpretativo (modernista)-. Ahora bien, como decía un muy admirable periodista, no podemos quedar paralizados porque la situación no sea la más adecuada, sino actuar a pesar, e incluso aprovechando, lo que la situación nos ofrece, mientras se analizan y proponen nuevos modelos de la educación.

En último lugar, señalar que, dado que vivimos inmersos en la civilización del ocio, también sería interesante potenciar este tipo de actividades en parroquias, asociaciones católicas de cultura y ocio, etc. por cuanto con ellas se difunden valores culturales y religiosos en un contexto lúdico, agradable y comunitario, precisamente en un tiempo en el que se rehuye de los discursos metafísicos complejos, por un lado, y de la soledad y el sosiego, por otro. (Me viene a la memoria, a modo de ejemplo, un interesante proyecto de guías culturales – religiosos, puesto en marcha, si no mal recuerdo, en Valladolid).

En definitiva, la educación de los niños y los jóvenes es la base de una sociedad, de manera que, así como eduquemos, así será la misma. Si la religión nos hace más humanos, los educadores no pueden ignorar el hecho religioso, si no quieren contribuir a la creación de una sociedad inhumana o deshumanizada. Los maestros y los padres tienen derecho, y la administración el deber, de procurar a los niños, no sólo una formación religiosa, sino de mostrar la realidad en toda su complejidad, es decir, con el fenómeno religión como parte, a veces fundamental, de la misma: para hacer mas íntegra y plenamente humana esa educación y esa sociedad del mañana es fundamental, pues, formar el sentido religioso de la existencia.

J. M. Quintana jmquintana78@hotmail.com.



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