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El hecho religioso en la escuela: fundamentos teóricos y algunas propuestas prácticas.
La presencia del hecho religioso en la escuela es una exigencia para una educación completa de la persona. Las ciencias sociales, sus principales autores, lo ponen de manifiesto. El Estado, para cumplir su propia legislación debe desarrollar la enseñanza religiosa
Uno de los hechos humanos, sociales y
culturales más obviados por la actual escuela y por la práctica
educativa, que no por la teoría, es el hecho religioso, una
realidad que impregna al ser humano desde que es tal, y por ser
tal, y en todas sus dimensiones, desde la personal a la social,
desde la cognitiva a la afectiva.
Efectivamente, tanto la Psicología como la Sociología, en
general, así como las ramas que se ocupan específicamente de la
educación, formación y desarrollo del ser humano, han puesto de
relieve, no sólo la importancia de la religión para que dicho
desarrollo sea más pleno, sino el carácter consustancial de la
misma respecto al ser humano, de manera que, prescindiendo de
ella, no sólo nuestra formación como seres humanos es menos
completa, sino que es nuestra misma humanidad la que se resiente:
sin la religión somos, pues, menos "plenamente"
humanos.
Para los más escépticos, se podría decir que, por tanto, una
de las causas de esta presencia de la religión en el ser humano
se explica en base a la Psicología humana misma, entendida ésta
como el conjunto de caracteres propios del ser humano -, es
decir, que negando la presencia de la religión en el ser humano,
negamos al ser humano mismo. Pero, ¿será esta la causa, o más
bien, como señalara Zubiri, la irresistible tendencia a ligarse
ontológicamente a Dios, religarse a Él ? - no en vano,
religión viene del latín religare, religar -. Desde la
Sociología y la Antropología también se ha indicado esta
importante presencia de la religión en los individuos y los
grupos humanos, destacando la evidente, necesaria y positiva
relación entre religión e individuo y entre hecho religioso, e
institución religiosa, y colectividad social humana, como, por
ejemplo, han señalado Hunter y Hunt en su Sociología, obra
utilizada como manual universitario en Sociología de la
educación.
En definitiva, las Ciencias Humanas como la Antropología, la
Sociología o la Psicología coinciden en indicar la existencia
de un hecho natural humano: el hecho religioso.
Por su parte, la Pedagogía moderna ha señalado como fuentes de
investigación y desarrollo de la disciplina, entre otras, las
ciencias antes mencionadas, especialmente la Psicología y la
Sociología, por lo que, atendiéndolas, no ha podido ignorar el
hecho religioso como factor fundamental para la formación del
ser humano. De este modo, los expertos han llegado a conclusiones
como que:
"Los símbolos religiosos actúan en el psiquismo humano
conduciendo al hombre al descubrimiento y aceptación de sí
mismo, de su propia individualidad como persona". (C. G.
Jung)
Por su parte, el eminente psicólogo Víctor Frankl a la pregunta
¿Cuáles son los valores que se tienen que rescatar en el mundo
para curar a esta sociedad y a cada individuo?, responde
rotundamente: "Los Diez Mandamientos. Los desastres que
estamos sufriendo son consecuencia de haber rechazado la Ley de
Dios para el hombre". Para el psicólogo austriaco, una de
las causas fundamentales que explican las neurosis y patologías
de la mente en la actualidad, es la falta de la educación de la
conciencia moral.
Asímismo, los psicólogos K. S. Berger y R.A. Thompson recogen
en su Psicología del desarrollo las afirmaciones de los también
psicólogos Werner y Smith, respecto a la importancia de la
religión como factor de estabilización y normalización del
individuo, que contribuye a la mejora de la salud mental, sirve
de estímulo para la autoestima, ayuda a evitar la
autodestrucción y aún sirve como medicina eficaz para aquellos
que han sufrido, por ejemplo, una infancia dramática: "...
estos paragolpes, - entre los que se encuentra la religión (N.
de A.) -, tienen un efecto protector más profundo en el curso de
la vida de los niños que crecen en condiciones adversas que el
impacto que tienen factores de riesgo concretos o acontecimientos
de la vida que provocan estrés".
En definitiva, son éstas simples pinceladas que muestran, de
forma contundente y categórica, que la religión sirve para
desarrollar la personalidad y la autoestima, elementos señalados
por la educación actual como básicos para la formación de un
ser pleno y sano, y para formar integralmente al individuo, es
decir, no sólo en su dimensión cognitivo-intelectual o física,
sino también en su dimensión afectiva, de inserción social, de
actitudes y hábitos, etc., tal y como busca la LOGSE y el
currículo de primaria.
Por otro lado, y en el caso del Sistema Educativo español,
sabemos que el currículo se nutre de diversas fuentes como son,
la socio-antropológica, psicológica, pedagógica y
epistemológica.
Ya hemos visto que las tres primeras fuentes,
socio-antropológica, psicológica y pedagógica no pueden
prescindir del hecho religioso, como tampoco la última, la
epistemológica, puede hacerlo: ¿cómo sino puede el niño
entender e integrarse en el entorno socio-cultural que le rodea
si los contenidos ignoran el contexto socio-cultural e histórico
que define dicho entorno? ; ¿podría entender el significado
pleno de, por ejemplo, la mayoría de las obras artísticas desde
la Prehistoria hasta nuestros días, y desde los edificios
arquitectónicos hasta las obras pictóricas, sin hacer
referencia a las religiones que explican los símbolos y las
motivaciones que llevaron a realizarlas?. Múltiples fenómenos,
acontecimientos o realidades no pueden explicarse si no hacemos
referencia a la religión, en el caso de Europa, si no se hace
referencia a la religión cristiana, y en España a la católica.
En definitiva, para los expertos, la religión es algo propio del
ser humano, no sólo una necesidad, sino algo connatural que le
hace mas integral y plenamente humano (no es quizás tanto una
búsqueda que el hombre inicia como la respuesta a una llamada).
Por eso, y puesto que el fin último de la educación es
precisamente el desarrollo pleno e integral de la personalidad,
humana, del niño, la religión se revela como algo fundamental
para el mismo, así como elemento educativo de primer orden.
Ahora bien, dichas conclusiones no se quedan en el mero ámbito
especulativo, en ese olvidado baúl donde guardamos la teoría:
también la legislación impele a los educadores a tener en
cuenta el hecho religioso en su actividad docente. Así, el Real
Decreto 1344/1991 de 6 de septiembre (BOE, nº 220 de 13 -
IX-1991), por el que se establece el currículo de Educación
Primaria, afirma que el proyecto educativo debe garantizar el
desarrollo integral de los alumnos, para lo cual, es
imprescindible atender especialmente a la educación social y
moral ("elemento fundamental del proceso educativo");
por otro lado, este desarrollo se verá favorecido si se atiende
al contexto cultural en el que se encuentre el niño por lo que,
teniendo en cuenta que el contexto cultural en el que el niño
español, y buena parte de los europeos, se encuentra está
profundamente definido por la cultura católica, la educación
social y moral del mismo no puede dejar de hacer referencia a la
moral y cultura católicas.
Y es que, tal y como dice la Orden Ministerial del día 20 de
febrero de 1992, que desarrolla el Real Decreto del 14 de junio
de 1991, núm. 1006/1991, y que establece el currículo de la
enseñanza de la Religión Católica, "La Religión es,
efectivamente, una disciplina escolar específica, equiparable al
resto de las áreas en el rigor científico y en el planteamiento
de objetivos y contenidos, con una importante significación
educativa en el currículo escolar por su contribución integral
de la persona."
"La Religión ha sido, a lo largo de la historia, como lo es
en el momento actual, un elemento integrante del entramado
colectivo humano y un ineludible hecho cultural. El patrimonio
cultural de los pueblos está vertebrado por las cosmovisiones
religiosas, que se manifiestan en los sistemas de valores, en la
creación artística, en las formas de organización social, en
las manifestaciones y tradiciones populares, en las fiestas y
calendario. Por ello, los contenidos fundamentales de la
Religión dan claves de interpretación de las
civilizaciones."
"La formación religiosa y moral, integrada en el currículo
escolar, colabora a la finalidad educativa de formar personas
responsables, conscientes, críticas y libres; aporta a los
alumnos elementos para fundamentar su propia cosmovisión y
sistema de creencias y valores, dentro del respeto a su libertad
y autonomía personal; les capacita para el respeto y diálogo
con otros sistemas de creencias, presentes en nuestra sociedad
pluralista; posibilita un equilibrio entre el desarrollo
espiritual, psicológico y cultural del alumno, en su propio
contexto histórico y ambiental; ayuda a comprender el patrimonio
cultural y artístico español."
"No hay que olvidar, además, que una gran parte de alumnos
que asisten a las aulas pertenecen a la comunidad católica y que
la enseñanza religiosa escolar constituye un factor importante
de identidad personal."
No olvidemos que "el niño en esta etapa (primaria) va
consiguiendo una elemental autonomía de acción en su medio,
inicia el desarrollo de un pensamiento reflexivo y crítico,
fomenta su creatividad y autonomía de juicio y se forja una
imagen de sí mismo y un equilibrio afectivo-social
adecuados", por lo que, y teniendo en cuenta que "la
enseñanza de la Religión desde su identidad y finalidades
contribuye al desarrollo de las capacidades del alumno de
Educación Primaria", "contribuye al desarrollo de la
identificación de los alumnos con los grupos sociales de
pertenencia y de referencia, entre los que se encuentran los de
carácter religioso", "facilita el análisis de las
características socioculturales de la comunidad en la que vive
el alumno. El conocimiento de los contenidos propios del mensaje
cristiano y de su concreción a lo largo de la historia hace
posible la comprensión de muchos procesos históricos y
manifestaciones culturales", además de que "ayuda a la
creación de relaciones interpersonales y a la inserción social,
dada la dimensión ético-relacional del cristianismo, y su
compromiso por mejorar la realidad y la convivencia que
constituye una constante a lo largo de la historia", no
podemos dejar de considerar la inclusión del concepto y hecho
religioso en todas y cada una de las áreas de conocimiento
escolar, dados los beneficios y aportaciones que ésta hace a la
formación y desarrollo de los alumnos, a todos los niveles.
Dicha inclusión, no puede considerarse como una simple
conveniencia, sino como un derecho y un deber amparado por la
ley, por nada menos que la Ley Orgánica que organiza y orienta
al Sistema Educativo español: la Ley Orgánica 1/1990 de
Ordenación General del Sistema Educativo, la LOGSE, en la que se
manifiesta que "el objetivo primero y fundamental de la
educación es el de proporcionar a los niños y a las niñas, a
los jóvenes de uno y otro sexo, una formación plena que les
permita conformar su propia y esencial identidad, así como
construir una concepción de la realidad que integre a la vez
conocimiento y la valoración ética y moral de la misma", y
ya hemos visto como este objetivo se alcanza precisamente de
forma mas plena y eficaz mediante la inclusión explícita del
hecho religioso en la formación del niño. Por eso, todos los
docentes, para cumplir eficazmente con dichas disposiciones
legales y con sus obligaciones profesionales, debería tener en
cuenta dicho hecho religioso a la hora de desarrollar su
actividad formativa y educadora.
La Ley también insiste en el hecho de que la educación ha de
proporcionar a los alumnos el conocimiento de las creencias,
actitudes y valores básicos de nuestra tradición y patrimonio
cultural que, como indicamos mas arriba, no puede entenderse sin
una adecuada referencia al hecho religioso católico, al menos en
el contexto cultural español.
Debemos tener en cuenta, además, que el sistema educativo que
orienta y organiza esta Ley Orgánica está "configurado con
los principios y valores de la Constitución, y asentado en el
respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella", y
puesto que "la Constitución ha atribuido a todos los
españoles [...] el derecho a recibir formación religiosa y
moral de acuerdo con las propias convicciones", es derecho
de los padres exigir respeto de dichas libertades y obligación
de los docentes respetar de hecho las mismas.
Efectivamente, la Constitución en su artículo 27.3 recoge que
"los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a
los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y
moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones",
por lo que los profesores, aún no siendo de religión, deben
respetar al máximo este derecho, es decir, estas convicciones
religiosas y morales si no quieren vulnerar un derecho
constitucional; por otro lado, los padres tienen derecho, sobre
en base del punto siete, a intervenir en el control y gestión de
los centros educativos, y por tanto de hacer valer sus derechos
en cuanto a la formación de sus hijos se refiere.
Por último, son los propios poderes públicos los que,
atendiendo al punto ocho del mencionado artículo 27, deben
garantizar el cumplimiento de las leyes. Por otro lado, dichos
poderes públicos no deben pasar por alto el que las Leyes
Orgánicas, como la de Ordenamiento del Sistema Educativo,
terminen con la voluntad de las altas instancias del Estado, el
Presidente de Gobierno y el Rey, de que "todos los
españoles, particulares y autoridades guarden y hagan guardar
esta Ley Orgánica": con mayor motivo deben, pues, los
poderes públicos, ser celosos garantes de las leyes que amparan
nuestros derechos.
En cuanto a los organismos internacionales se refiere, no sólo
ponen de relieve la "noble tarea de la educación" por
cuanto suscita en cada persona "elevación del pensamiento y
el espíritu ", valor este de la transcendencia propio de
las religiones (Informe Delors de la UNESCO de 1996, La
educación en el Siglo XXI), sino que, reconociendo "las
valiosas aportaciones de la religión a la cultura europea",
urgen a que "los cursos escolares y universitarios sean
revisados para un mejor conocimiento de las diferentes
religiones" (Recomendación 1396 del Consejo de Europa del
27 de enero de 1999).
La misma Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, en
su artículo 26, afirma que "la educación tiene por objeto
el pleno desarrollo de la personalidad humana" y que
"los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de
educación que habrá de darse a sus hijos".
Por otro lado, los docentes no pueden ignorar el sentimiento
mayoritario de la sociedad española respecto a la religión, en
especial respecto a la religión católica; y, al menos los
docentes católicos, deberían tener muy presente, más presente
que ninguna otra cosa, lo que la Iglesia manifiesta y afirma
sobre la educación y que, entre otras, recoge la Declaración
"Gravissimum educationis" del Concilio Vaticano II:
"La verdadera educación intenta la formación de la persona
humana en el orden a su último fin y al bien de las
sociedades".
"Igualmente, el Santo Concilio declara que los niños y
jóvenes tienen derecho, - sagrado derecho -, a que se les
estimule a apreciar con recta conciencia los valores morales
[...], así como a conocer y amar más perfectamente a
Dios".
"Por fin, y por un motivo singular, el deber de la
educación corresponde a la Iglesia, no sólo porque debe ser
reconocida como sociedad humana, capaz de educar, sino, sobre
todo, porque tiene el deber de anunciar a todos los hombres el
camino de la Salvación [...]."
Por eso, dado que la mayoría de los ciudadanos españoles se
declaran católicos, y éstos entienden, con su Iglesia, que
niños y jóvenes tienen el derecho a conocer a Dios, entiendo
que la autoridad civil debe, no sólo respetar pasivamente la
conciencia y las creencias de los ciudadanos, sino velar
activamente por sus derechos, como es el de "conocer a
Dios", conforme al contexto cultural español, así como los
educadores católicos, que al fin al cabo también son Iglesia,
tienen el deber de "anunciar a todos los hombres el camino
de la Salvación".
En resumen, los expertos, - psicólogos, sociólogos, pedagogos,
etc. -, la legislación vigente referente a la educación, -
desde los currículos escolares hasta las normativas
internaciones -, y los pastores de la Iglesia Católica, a la que
la mayoría de los ciudadanos se declara pertenecer, ponen de
relieve el derecho y la necesidad irrenunciable de la inclusión
de la religión en la educación si queremos hacer de ésta, de
la educación, una eficaz herramienta para el verdadero
desarrollo del ser humano, una verdadera escuela de Humanidad.
Ahora bien, cuando digo inclusión de la religión en la escuela,
no sólo me refiero a la clase de Religión, la cual tiene su
especial derecho y dignidad entre las demás asignaturas
escolares, sino al concepto mismo de religión dentro de los
conceptos clave de la educación.
Propuestas prácticas
El hecho religioso católico, en España, podría ser pues, un
contenido transversal como lo es hoy la Educación para la Paz,
(al igual que la educación para la Familia podría serlo como lo
es hoy la Coeducación, o Educación por la Vida, como lo es la
Educación Sexual), sin menoscabo de la clase de Religión, que
como ya dijimos, "es una disciplina escolar específica,
equiparable al resto de las áreas en el rigor científico y en
el planteamiento de objetivos y contenidos [...]", que
además tiene su régimen jurídico particular.
Por eso, ningún educador católico, debe tener reparo alguno a
incluir en sus programaciones cuestiones relacionadas con el
hecho religioso católico, ya que tiene todo el derecho, y no
tiene por qué chocar con los Proyectos Educativos de Centro o
los Proyectos Curriculares de los colegios públicos que, por
otro lado, deberían asumir como deber el atender adecuadamente a
este hecho. Con más razón, podría desarrollarlo en los centros
con un ideario católico.
Así pues, y dado que el Desarrollo Curricular Base, o currículo
de Educación Primaria, establecido por el Ministerio y
contemplado en el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre
(B.O.E. nº 220, de 13-IX-1991), ofrece un amplio y flexible
marco de actuación a los maestros a la hora de programar y
elaborar Unidades Didácticas, éstos pueden incluir en sus
programaciones anuales diversas Unidades Didácticas que atiendan
al hecho religioso, que en el caso de España, no puede ser otro
que el cristiano y católico, aunque dicha inclusión fuera
puramente transversal más que de contenidos.
Así, algunas posibles Unidades Didácticas que los maestros
podrían realizar en el aula o fuera de ella podrían ser:
- El arte de nuestro barrio, con lo que deberíamos hacer
referencias irrenunciables a la arquitectura, escultura y pintura
religiosa existente, sobre todo, en la/s parroquia/s del mismo.
- Manifestaciones culturales y populares de nuestro barrio: arte,
fiestas, tradiciones, canciones, etc. religiosas. Unidad
especialmente interesante y rica.
- Paseo por el Madrid de los Austrias (o el barrio Gótico de
Barcelona, o el casco viejo de Vitoria, etc.), en los que, de
nuevo, debemos hacer referencia a los varios edificios
históricos religiosos existentes (iglesias, hospicios, etc.) o
lugares ligados a la Historia del Catolicismo, por ser
importantes para la Historia del barrio, de la ciudad, etc., y
que podrían tratarse como simples notas curiosas, pero con las
que hacer reflexionar...
- Los distintos ámbitos de nuestro barrio o ciudad: el Hospital,
el Ayuntamiento, la parroquia, los parques...
- etc.
Estas y otras U.D., son propias de Conocimiento del Medio
natural, social y cultural, aunque también se podrían
globalizar, (no la globalización del FMI, por supuesto), con el
área de Educación Artística o educación Musical, por ejemplo.
En cuanto a la primera área de conocimiento o asignatura, con
dichas unidades se puede dar respuesta a los Objetivos 3 (
Reconocer y apreciar su pertenencia a unos grupos sociales con
características y rasgos propios [...]), y 4 (Analizar algunas
manifestaciones de la intervención humana en el medio, valorar
críticamente la necesidad y el alcance de las mismas y adoptar
un comportamiento en la vida cotidiana acorde con la postura de
defensa y recuperación del equilibrio ecológico y de
conservación del patrimonio cultural), principalmente, del
Desarrollo Curricular Base, por lo que nadie podría impedir tal
propuesta ni la realización efectiva de dichas Unidades
Didácticas.
Respecto a la Educación Artística y musical, se pueden plantear
diversas actividades como la de que los niños representen
pictóricamente, con plastilina o con cualquier otro material o
técnica, imágenes, edificios, etc., o interpretar, no sólo
villancicos, sino cantos y romances populares-religiosos... Las
posibilidades son extraordinarias.
¿Por qué plantear éstas Unidades Didácticas?
Aparte de lo expuesto anteriormente, uno de los objetivos
fundamentales a la hora de llevar a cabo éstas U.D. es el de
poner en contacto al niño con la cultura y la cosmovisión
religiosas, con la concepción religiosa de la existencia y con
conceptos como transcendencia, Dios, religiosidad... ignorados
por la escuela materialista y progresista hoy imperante. Por
supuesto, los docentes no deben olvidar que su asignatura no es
religión, a fin de no caer en los excesos y aberraciones de los
llamados docentes comprometidos, agentes activos de cambio, de
cuño progresista tan parecidos a sus primos hermanos, los
reeducadores de los campos para prisioneros políticos de un
país comunista.
Es, como decía el poeta Aquilino Duque, la diferencia entre
aquel que transmite valores y el "intelectual engagé",
comprometido: el primero, podemos decir, irradia esos valores de
forma natural, frente al segundo al que, con el afán de
"transformar" o de-construir ciertos valores, no le
importa manipular, simplificar, caricaturizar y tergiversar,
hacer de la clase un simple mitin o panfleto. Quizás, nunca los
maestros podamos ser totalmente objetivos; siempre dejaremos
deslizar algún juicio tendencioso o parcial, pero la honradez
moral y la ética profesional debería llevarnos a ser lo más
objetivos posible, sin que por ello tengamos que renunciar a
nuestros valores. Sin embargo, esa escuela progresista afirma sin
empacho que en absoluto debemos ser objetivos: lo único objetivo
que para ellos existe es el conflicto y ganarlo, sea como sea, es
lo único realmente moral.
En fin, para un educador católico, sólo Cristo es la Verdad,
una Verdad que define, configura, orienta la realidad... Para el
educador que no lo sea, la Religión es un hecho, un fenómeno
inherente al ser humano, una realidad cultural y social
innegable, un valor a ser respetado y cuidado.
No quisiera terminar sin apuntar una serie de cuestiones:
En primer lugar, la cuestión del hecho religioso católico en
relación a la presencia de niños extranjeros, en ocasiones de
otras confesiones religiosas; pues bien, es éste, el de la
interculturalidad y la multiculturalidad, un tema que bien merece
otro artículo, pero del que me limitaré a decir que, por un
lado, dicha presencia, puede incluso contribuir a demostrar a
alumnos, padres y docentes que el hecho religioso es un fenómeno
universal del que no podemos prescindir, dado que en todos los
lugares el hombre se siente llamado a la transcendencia. Por otro
lado, y para resolver de alguna manera el dilema que algunos
puntillosos se plantean, decir que la LOGSE promueve el
conocimiento y conservación del patrimonio cultural del contexto
en el que vive el niño, y puesto que el contexto no es el
musulmán ni el budista, sino el católico, ese es el que debemos
dar a conocer y proteger. La presencia de niños extranjeros, no
puede llevarnos a ocultar nuestra propia cultura, historia y
valores, sólo porque ellos o sus padres se pueden molestar o no
se identifiquen con ellos. Si respetamos su conciencia, con más
razón debemos respetar y proteger la de los alumnos católicos.
En segundo lugar, me adhiero a los excelentes análisis críticos
que sobre la educación actual y la LOGSE se publican en ARBIL.
Todavía queda por escribir mucho y plantear una alternativa
seria y posible a los actuales paradigmas o corrientes
imperantes, - positiva (liberal-capitalista), crítica
(progresista-marxista) y deliberativo-interpretativo
(modernista)-. Ahora bien, como decía un muy admirable
periodista, no podemos quedar paralizados porque la situación no
sea la más adecuada, sino actuar a pesar, e incluso
aprovechando, lo que la situación nos ofrece, mientras se
analizan y proponen nuevos modelos de la educación.
En último lugar, señalar que, dado que vivimos inmersos en la
civilización del ocio, también sería interesante potenciar
este tipo de actividades en parroquias, asociaciones católicas
de cultura y ocio, etc. por cuanto con ellas se difunden valores
culturales y religiosos en un contexto lúdico, agradable y
comunitario, precisamente en un tiempo en el que se rehuye de los
discursos metafísicos complejos, por un lado, y de la soledad y
el sosiego, por otro. (Me viene a la memoria, a modo de ejemplo,
un interesante proyecto de guías culturales –
religiosos, puesto en marcha, si no mal recuerdo, en Valladolid).
En definitiva, la educación de los niños y los jóvenes es la
base de una sociedad, de manera que, así como eduquemos, así
será la misma. Si la religión nos hace más humanos, los
educadores no pueden ignorar el hecho religioso, si no quieren
contribuir a la creación de una sociedad inhumana o
deshumanizada. Los maestros y los padres tienen derecho, y la
administración el deber, de procurar a los niños, no sólo una
formación religiosa, sino de mostrar la realidad en toda su
complejidad, es decir, con el fenómeno religión como parte, a
veces fundamental, de la misma: para hacer mas íntegra y
plenamente humana esa educación y esa sociedad del mañana es
fundamental, pues, formar el sentido religioso de la existencia.
J. M. Quintana jmquintana78@hotmail.com.
"ARBIL,
Anotaciones de Pensamiento y Crítica", es editado por el
Foro Arbil
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